AYUDA PLEASE

nayade

Miembro activo
Buenos días, a un trabajador de baja por enfermedad común desde mayo de 2022 le acaba de emitir el INSS el alta médica.
La empresa no quiere contar con él, qué tipo de despido se podría hacer???
Y otra cosa, sobre las vacaciones, tiene 32 días laborales de lunes a sábado, como en la resolución indica que el alta será efectiva en el momento que el trabajador reciba la resolución, los días que pasan desde el alta hasta que se reciba esa notificación, se pueden contar como vacaciones disfrutadas sin problema, no???
Tengo que hablar con el empresario y quiero tenerlo todo muy claro.
 

NOEMI

Miembro conocido
el trabajador esta de baja en la SS en la empresa por agotamiento IT?
Si es así, debes esperar a que él reciba notificación (a veces tarda hasta una semana) , cuando reciba notificación le das de alta en la SS ,ya que está obligado a reincorporarse el día después de la recepción de la carta, y a partir de ahí empiezan si queréis que las disfrute a computar sus vacaciones,
en cuanto al despido... chungo lo veo.... ¿Qué despido le hacéis si no le ha dado ni tiempo ni a volver? cuidado que no alegue luego vulneración, por haber sido un despido por su baja...
 

nayade

Miembro activo
El trabajador está de alta en Seguridad Social, tras estar 365 tenía prórroga de 180 días más.
Me acaba de llegar por Siltra una comunicación del INSS donde me dicen que han resuelto emitir alta médica.
Nunca he tenido un caso de una baja de IT tan larga.

Me preocupa el despido, porque ya le querían despedir estando de baja, así que ahora que está de alta me lo van a solicitar; despido objetivo no podría ser y disciplinario no veo motivos, por eso he recurrido a vosotros.
 

BELEN

Miembro conocido
Tras una baja de larga duración lo normal es que pase por examen en PRL, y podrian declararle no apto...lo cual deriva en despido objetivo por incapacidad sobrevenida para su puesto...aunque el TS dice que esto no es automatico... en estos casos toca negociar. Si no hay declaración de "no apto" ...... complicado cualquier despido, huele a nulidad de lejos.
 

laboral consultas

Miembro activo
El trabajador está de alta en Seguridad Social, tras estar 365 tenía prórroga de 180 días más.
Me acaba de llegar por Siltra una comunicación del INSS donde me dicen que han resuelto emitir alta médica.
Nunca he tenido un caso de una baja de IT tan larga.

Me preocupa el despido, porque ya le querían despedir estando de baja, así que ahora que está de alta me lo van a solicitar; despido objetivo no podría ser y disciplinario no veo motivos, por eso he recurrido a vosotros.
De momento dile a la empresa que despedirle tras una baja larga es algo a no ser que tenga argumentos objetivos, que lo dudo, lo veo algo sin recorrido... Avánzate y explicales que el deselance no es positivo para la empresa.
 

Cachilipox

Miembro conocido
¿Cuánto está dispuesto a "invertir" la empresa por amortizar ese puesto de trabajo?
Lo que indica @BELEN , lo más "indoloro" para por PRL, Vigilancia de la salud.

Escenarios:
.- Despido a la brava, sin aval ni justificación, meramente por haber estado de baja IT. La cosa huele que atufa a nulidad. O sea, no es despido. Volvemos a la casilla de salida, con el riesgo de daños y perjuicios.
.- Reincorporación ahora, dejar pasar un plazo prudencial (2-3 meses?), y despido disciplinario mal formulado en base a "disminución de rendimiento, vulneración de la buena fe contractual y bla bla bla". La cosa quizás podría irse a un improcedente (33 días/año), aunque según la demanda, y el juicio de su señoría, podríamos volver a estar frente a nulidad.
.- Despido/baja incentivada mediante pacto no escrito. Apañar con el trabajador una revisión por vigilancia de la salud, donde éste manifieste una situación "sumamente aguda" de sus síntomas, que obligasen a una declaración o de No Apto, o Apto con limitaciones. A partir de aquí sí podría ser un objetivo, 20 días/año.
 

PEDRO

Miembro conocido
¿No cabría un despido objetivo por causas productivas u organizativas. Si la empresa no ha contratado a nadie en este tiempo, o aun habiéndolo contratado se encuentra con su retorno con una plantilla sobredimensionada, podría despedirlo por esta causa. Entiendo que no tendría porqué ser nulo, en tal caso improcedente si no hay una justificación clara.
Es una idea.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Para esto, primero deberías reincorporarlo.
Luego, poner en evidencia que te sobra plantilla.
Y además, abundar en que precisamente el que sobra es ese y no otro, y que por supuesto "no tiene nada que ver con haber pasado un largo periodo de baja IT".
Quizás no salvarías la procedencia, pero podrías orillar la nulidad, y quedarte en improcedente 33 días.

Al final solo es dinero ¿Cuánto está dispuesto a invertir la empresa por amortizar ese puesto?
 

PEDRO

Miembro conocido
La colocación efectiva no te la libra nadie y cumplir con los plazos tampoco. Te entiendo pero no veo el porqué la justificación de que me sobra ese y no otro. E ET no establece un criterio en las amortizaciones de un puesto de trabajo que haya que justificar el porque una persona u otra, la plantilla está completa y no hay vacante para ese.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Es que no es una excedencia voluntaria, es una suspensión con reserva de puesto de trabajo.
"Su" puesto está más que reservado, por mandato legal.
Otra cosa es que la empresa se haya reorganizado, y ciertos perfiles sobren y haya que amortizarlos. Y puede que el perfil más sobrante sea precisamente ese y no otro. Pero eso hay que justificarlo.
 

PEDRO

Miembro conocido
Como tu dices, siempre está la opción de "montar" un despido con una carta "razonada" y esperar a que llegue la conciliación y en ella si la otra parte no pide la nulidad reconocer la improcedencia. Todo no puede ser, en esto asuntos siempre se deja parte del pellejo por el camino.
 

DANI ML

Miembro conocido
Muchas gracias a tod@! al final causó baja voluntaria en la empresa.
Esto es mucho más que tocarte la lotería. Yo tengo muy claro, que si tras una baja super-larga, 545 días, denegación IP, reincorporación, la empresa me dice que se lo quiere quitar de encima, le diré que si quiere hacer eso, está llamando al "profesional" equivocado. No sé si se me entiende.....
 

VILA100

Miembro conocido
Esto es mucho más que tocarte la lotería. Yo tengo muy claro, que si tras una baja super-larga, 545 días, denegación IP, reincorporación, la empresa me dice que se lo quiere quitar de encima, le diré que si quiere hacer eso, está llamando al "profesional" equivocado. No sé si se me entiende.....
Si. Al final…entrar en esta historia traerá sufrimiento más perder el cliente igualmente, por tanto, cortando ya se evita el sufrimiento.
salu2
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Si vigilancia de la salud detecta y certifica que el trabajador no está en condiciones de desempeñar su puesto y la empresa no quiere apaños de ningún tipo si despide por incapacidad sobrevenida ¿también es 99,99% posibilidades de despido nulo?
 

ANAGARGON

Miembro activo
Habéis tenido suerte, nosotras tenemos un caso similar, se está intentando negociar, el certificado del reconocimiento es apto "no tiene sentido" padece secuelas que el mismo trabajador alega que no le permiten trabajar, pero su abogado se agarra al certificado de aptitud para intentar una indemnización muy superior a la que correspondería por despido improcedente, en este caso agotados los 545 días y denegada incapacidad permanente, actualmente disfrutando las vacaciones de unos 50 días pendientes, ¿hay alguna otra opción que veáis posible y se nos escape? mil gracias cómo siempre a todos por las opiniones que siempre ayudan.
 

Leovigildo

Miembro activo
Por aquí la vía de escape que se planteó fue disciplinario, pues tras disfrute de todas las vacaciones acumuladas no acudió a trabajar.
 
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