Buenos días,
quería que me ayudáseis en varias cuestiones:
1.- si mi último día trabajado fue el 10 de agosto, que día es el último que puedo demandar?
2.- después de un contrato de dos años de duración (por obra, a través de ett), no me ha correspondido indemnizacion alguna. en nómina es cierto que se me incluía un concepto como compensación fin de contrato. Este concepto es legal?
3.- Se puede efectuar denuncia anónima ante la inspección de trabajo?
El caso es que ahí tenemos a Endesa dando fin de contrato a todos los ETT's cuando cumplen dos años, sin tener en cuenta lo que diga el contrato, y si realizan labores de estructura, como ocurre en la mayoría de los casos, y como nadie queremos demandar por si "nos vuleven a llamar", pues esta es mi situación y la muchísimos compañeros desde que la dirección es italiana.
Siento el ladrillo pero agradezco enormemente vuestra ayuda.
Muchas gracias.
quería que me ayudáseis en varias cuestiones:
1.- si mi último día trabajado fue el 10 de agosto, que día es el último que puedo demandar?
2.- después de un contrato de dos años de duración (por obra, a través de ett), no me ha correspondido indemnizacion alguna. en nómina es cierto que se me incluía un concepto como compensación fin de contrato. Este concepto es legal?
3.- Se puede efectuar denuncia anónima ante la inspección de trabajo?
El caso es que ahí tenemos a Endesa dando fin de contrato a todos los ETT's cuando cumplen dos años, sin tener en cuenta lo que diga el contrato, y si realizan labores de estructura, como ocurre en la mayoría de los casos, y como nadie queremos demandar por si "nos vuleven a llamar", pues esta es mi situación y la muchísimos compañeros desde que la dirección es italiana.
Siento el ladrillo pero agradezco enormemente vuestra ayuda.
Muchas gracias.