Hola, un cliente autónomo cierra su empresa ( porque quiere trabajar en otro sector y en su empresa tenía pérdidas) y tiene un trabajador.
¿A ese trabajador hay que darle de baja con la clave 54? y como se diferencia que ha sido baja por cierre legal de empresa con otras de las causas del código 54( por ejemplo: Despidos derivados de la muerte o jubilación del empresario o in contrato en situación de IT del trabajador........?
Hay que poner algo mas cuando se da de baja con la clave 54 para diferenciar el motivo de la baja?
Muchas gracias de antemano.
¿A ese trabajador hay que darle de baja con la clave 54? y como se diferencia que ha sido baja por cierre legal de empresa con otras de las causas del código 54( por ejemplo: Despidos derivados de la muerte o jubilación del empresario o in contrato en situación de IT del trabajador........?
Hay que poner algo mas cuando se da de baja con la clave 54 para diferenciar el motivo de la baja?
Muchas gracias de antemano.