Hola, tengo una duda. En los periodos sucesivos de paternidad, en mi programa pongo que la base de la paternidad será la base del primer tramo (que corresponde a la de dos meses antes del nacimiento) y es por lo que cotiza esos tramos sucesivos la empresa (cotización empresarial)
Tengo un caso en el cual, en el tramo obligatorio estaba desempleado y paso del SEPE al INSS. Entiendo que también en estos casos la empresa ahora deberá hacer la cotización empresarial por la base del tramo obligatorio. Ya le he pedido que me diga la base que le reconocieron.
Estoy en lo cierto?
Gracias
Tengo un caso en el cual, en el tramo obligatorio estaba desempleado y paso del SEPE al INSS. Entiendo que también en estos casos la empresa ahora deberá hacer la cotización empresarial por la base del tramo obligatorio. Ya le he pedido que me diga la base que le reconocieron.
Estoy en lo cierto?
Gracias