Buenas tardes,
Me gustaría saber vuestra opinión, y sobre todo si alguien tiene información contrastada sobre esto.
Se trata de la posibilidad de bonificar un contrato de sustitución por riesgo durante el embarazo, habiendo estado la interina previamente contratada por IT contingencia común de la misma trabajadora.
Es el típico caso de baja médica durante el embarazo, por cansancio etc.. hasta que llega la semana de gestación en la que la mutua considera que se inicia el riesgo.
La normativa establece que si no hay solución de continuidad del contrato temporal anterior no opera la excepción por la vinculación anterior con la empresa, pero en este caso entiendo que al ser contratos por distinta causa y si la interina, además, debe tener la condición de desempleada, no hay más remedio que liquidar, inscribirse en el paro y nuevo contrato para cubrir la situación de riesgo, por lo que -sí- hay solución de continuidad.
Si alguien pone un poco de luz sobre esto se lo agradecería.
Un saludo,
Me gustaría saber vuestra opinión, y sobre todo si alguien tiene información contrastada sobre esto.
Se trata de la posibilidad de bonificar un contrato de sustitución por riesgo durante el embarazo, habiendo estado la interina previamente contratada por IT contingencia común de la misma trabajadora.
Es el típico caso de baja médica durante el embarazo, por cansancio etc.. hasta que llega la semana de gestación en la que la mutua considera que se inicia el riesgo.
La normativa establece que si no hay solución de continuidad del contrato temporal anterior no opera la excepción por la vinculación anterior con la empresa, pero en este caso entiendo que al ser contratos por distinta causa y si la interina, además, debe tener la condición de desempleada, no hay más remedio que liquidar, inscribirse en el paro y nuevo contrato para cubrir la situación de riesgo, por lo que -sí- hay solución de continuidad.
Si alguien pone un poco de luz sobre esto se lo agradecería.
Un saludo,