Hola,
Una duda sobre la bonificación por maternidad. Sé que hubo una modificación por el RD Ley 8/23 por lo que se permite que la misma persona sutituya el riesgo y la posterior maternidad con la correspondiente bonificación.
Pero tengo dudas en ese supuesto: es el caso de una trabajadora de baja por enfermedad común (embarazo de riesgo, no por riesgo en el embarazo), que está siendo sustituida, mediante un contrato de sustitucion normal. ¿Podría en este supouesto la sustituta cubrir la posterior maternidad, acogiéndose a la bonificación?
De ser posible, ¿sería obligatorio una baja, día en el desmpleo y posterior alta?
Gracias
Una duda sobre la bonificación por maternidad. Sé que hubo una modificación por el RD Ley 8/23 por lo que se permite que la misma persona sutituya el riesgo y la posterior maternidad con la correspondiente bonificación.
Pero tengo dudas en ese supuesto: es el caso de una trabajadora de baja por enfermedad común (embarazo de riesgo, no por riesgo en el embarazo), que está siendo sustituida, mediante un contrato de sustitucion normal. ¿Podría en este supouesto la sustituta cubrir la posterior maternidad, acogiéndose a la bonificación?
De ser posible, ¿sería obligatorio una baja, día en el desmpleo y posterior alta?
Gracias