tigreblanco
Nuevo miembro
A ver si me podéis ayudar.
La empresa se está bonificando por ERE según el real decreto 10/2010 por el 50% de las cuotas empresariales por contingencias comunes de varios trabajadores.
El problema viene ahora.
1. Caso de un trabajador que este en suspensión me doy cuenta que en la opción correspondiente a la bonificación en el programa de nóminas en fecha de la bonificación se ha puesto la fecha de duración del ere (1 de enero 2014 a 31 diciembre de 2014). Teniendo en cuenta que esta bonificación tiene un límite de 240 días, entiendo que la empresa se habría podido bonificar por 8 meses (240/30). Por lo tanto se ha bonificado 2 meses de más hasta la fecha (sep y oct) ¿ESTOY EN LO CIERTO? ¿Si es así que habría que hacer?
2. Otro caso, igual que antes, pero con un trabajador con reducción de jornada. Trabaja 15 días y otros 15 no. Entiendo por lo tanto que todavía no habría consumido los 240 dias de bonificación, ya que 10 meses (hasta octubre) por 15dias por 10 meses = 150 dias consumidos de bonificación. ¿Estoy en lo cierto?
De pensar en una devolución y sanción me están entrando dolores de cabeza :-[
La empresa se está bonificando por ERE según el real decreto 10/2010 por el 50% de las cuotas empresariales por contingencias comunes de varios trabajadores.
El problema viene ahora.
1. Caso de un trabajador que este en suspensión me doy cuenta que en la opción correspondiente a la bonificación en el programa de nóminas en fecha de la bonificación se ha puesto la fecha de duración del ere (1 de enero 2014 a 31 diciembre de 2014). Teniendo en cuenta que esta bonificación tiene un límite de 240 días, entiendo que la empresa se habría podido bonificar por 8 meses (240/30). Por lo tanto se ha bonificado 2 meses de más hasta la fecha (sep y oct) ¿ESTOY EN LO CIERTO? ¿Si es así que habría que hacer?
2. Otro caso, igual que antes, pero con un trabajador con reducción de jornada. Trabaja 15 días y otros 15 no. Entiendo por lo tanto que todavía no habría consumido los 240 dias de bonificación, ya que 10 meses (hasta octubre) por 15dias por 10 meses = 150 dias consumidos de bonificación. ¿Estoy en lo cierto?
De pensar en una devolución y sanción me están entrando dolores de cabeza :-[