Tenemos una duda respecto a un bonus de devengo anual y liquidación complementaria. El trabajador ha obtenido un bonus anual de 1200 € anuales (devengado de enero a diciembre de 2021). A la hora de hacer la liquidación complementaria tenemos que incluir ese bonus en las cotizaciones de los 12 meses anteriores. Pero nos surge una duda: (El bonus es de 1200€ que por mes saldría a 100€) Si en el mes de enero de 2021, el trabajador tenía una base de cotización de 4000€( max 4070,10): en este mes hasta llegar a su base máxima le cabrian 70,10 €. Si en el mes de Febrero 2021 el trabajador tiene una base cotización 2000€( max 4070,10): le caben los 100 ( que corresponden a cada “mes” + los 29,90 euros que no han cabido en la base de cotización de enero por llegar a la base máxima). La pregunta es : estos 29,10 euros (que no han cabido en enero) los tenemos que incluir en la base de febrero o como es algo desglosado mensualmente (100€ x mes al ser bonus de 1200) se quedan "sin cotizar"?