Cálculo salario por hora convenio Enseñanza no reglada

lufita

Nuevo miembro
Buenas noches.
Trabajo en una gestoría y nos ha surgido la siguiente duda: tenemos varias empresas del convenio de enseñanza no reglada que pagan a sus trabajadoras por salario/hora en vez de salario mensual. Son instructoras, pero, dado que el convenio estipula unas cantidades inferiores al SMI de 2024, tenemos que ir a morir al €/h del SMI que nos sale 10,98€/h brutos. Nosotras pensábamos en calcular: 9,51€ por hora + ajuste SMI 1,47€/hora + complemento dedicación mensual (34,46€). Nuestra duda es, cómo deberíamos calcular correctamente el salario de las trabajadoras? Pues el convenio establece un complemento de dedicación de 34,46€/mes, que se paga completo, para jornada inferiores al 25% (que es el caso de todas las trabajadoras a las que afecta nuestra duda). Dado que existe este complemento, la trabajadora que trabaja 24h/mes, le sale un precio/hora inferior a la que trabaja 12h/mes, pues el importe del Complemento de dedicación es el mismo para todas pero no todas trabajan las mismas horas al mes y dado que el complemento es absorbible para compensar hasta el salario mínimo, a unas deberíamos compensarles y a otras no. No sé si me he explicado muy bien jeje, espero vuestra respuesta.
Muchas gracias!!
 

Cachilipox

Miembro conocido
Es correcta tu descripción.
Al actuar esa cantidad fija mensual por escalones, el complemento de dedicación, resulta que a menos carga horaria tengas puede que no sea necesario complementar nada, o muy poco o algo bastante.

En el límite, una persona que la llamas para impartir solo 1 hora cada mes, ya fijo recibe sus 34,46 € + lo que corresponda por hora trabajada.
No habría ninguna necesidad de ajuste SMI.

Es más que previsible que al menos las tablas salariales del convenio sean actualizadas a lo largo de este año, y que el SB de las categorías inferiores quede al menos en el SMI.
Así que podéis hacer dos cosas:
.- Limitaros a complementar lo mínimo complementable ahora, en base a la normativa de ahora, y ya más adelante se regularizará y liquidará.
.- Añadir al "ajuste SMI" otro complemento (un "a cuenta revisión convenio"), para re-complementar SB a SMI (dejando de lado que el complemento de dedicación es absorbible).
 
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