Hola:
Tengo que hacer dos nominas de dos trabajadores de una empresa que cada uno de ellos tiene la situación que me marca el convenio ,estoy un poco espesa y no lo estoy entendiendo de como aplicarlo en los dos casos.
Lo que dice el convenio es lo siguiente:
Enfermedad común o accidente no laboral. Las empresas completarán la diferencia existente entre lo que perciban los trabajadores/as en concepto de prestación económica por IT por enfermedad común y la correspondiente base de cotización cuando el trabajador/a sea hospitalizado durante el tiempo que esté efectivamente internado en establecimiento hospitalario y hasta un máximo de 50 días de hospitalización y 15 días de convalecencia sea cual sea la duración de ésta, aun fuera del centro hospitalario.
Percibirán por una sola vez al año y a partir del primer día, en los casos de IT por enfermedad común o accidente no laboral, la diferencia entre lo que cobra el trabajador/a de la Seguridad Social y el 75 % de la correspondiente base de cotización.[/color]
Tengo que hacer dos nominas de dos trabajadores de una empresa que cada uno de ellos tiene la situación que me marca el convenio ,estoy un poco espesa y no lo estoy entendiendo de como aplicarlo en los dos casos.
Lo que dice el convenio es lo siguiente:
Enfermedad común o accidente no laboral. Las empresas completarán la diferencia existente entre lo que perciban los trabajadores/as en concepto de prestación económica por IT por enfermedad común y la correspondiente base de cotización cuando el trabajador/a sea hospitalizado durante el tiempo que esté efectivamente internado en establecimiento hospitalario y hasta un máximo de 50 días de hospitalización y 15 días de convalecencia sea cual sea la duración de ésta, aun fuera del centro hospitalario.
Percibirán por una sola vez al año y a partir del primer día, en los casos de IT por enfermedad común o accidente no laboral, la diferencia entre lo que cobra el trabajador/a de la Seguridad Social y el 75 % de la correspondiente base de cotización.[/color]