Caslaboral
Miembro conocido
Buenos dias
a ver si algun compi me puede ayudar con un calculo un poco peculiar de un descuento por falta de preaviso. El convenio dice esto:
"En caso de dimisión de la persona trabajadora de su puesto de trabajo en la empresa, habrá de avisar por escrito a la Dirección de la misma, con un mínimo de quince días laborables de antelación, computados estos según el calendario laboral del Centro de Trabajo donde preste sus servicios la persona trabajadora que dimite. Si no se realizase este preaviso, perderá la persona interesada la parte proporcional de la paga extraordinaria de julio o diciembre que estuviese devengada, como resarcimiento de los daños y perjuicios que tal omisión de plazo ocasione a la empresa. Lo establecido en el párrafo precedente se entiende sin perjuicio de la indemnización prevista en los supuestos que contempla el artículo 21 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
2. En caso de incumplimiento parcial, esto es, cuando la persona trabajadora preavisare de su cese, aunque con antelación menor a los quince días laborables, la penalización, es decir, la pérdida de paga extra devengada será igualmente parcial, en proporción de un quinceavo de la cuantía de la paga extra correspondiente por cada día laborable que falte para completar los quince fijados por el presente convenio."
Entonces, mi caso: pagas extra: 1174 navidad y verano. (la pagas se pagan prorrateadas pero entiendo que para este calculo no influye): las pagas se devengan por semestre asi que la de navidad nada. La baja es en mayo asi que ha trabajado 5 de 6 meses. devengado: (1174/6)*5= 978.33 euros. Dicha persona solo ha preavisado con 10 dias laborables de los 15 que exige el convenio. Se descuentan 5. 1/15 por dia serian entonces 5/15 de penalizacion: 0.33*978.33: 326.11 euros de descuento por falta de preaviso.
esto esta bien calculado?
seria esa cantidad la que puedo descontar?
a ver si algun compi me puede ayudar con un calculo un poco peculiar de un descuento por falta de preaviso. El convenio dice esto:
"En caso de dimisión de la persona trabajadora de su puesto de trabajo en la empresa, habrá de avisar por escrito a la Dirección de la misma, con un mínimo de quince días laborables de antelación, computados estos según el calendario laboral del Centro de Trabajo donde preste sus servicios la persona trabajadora que dimite. Si no se realizase este preaviso, perderá la persona interesada la parte proporcional de la paga extraordinaria de julio o diciembre que estuviese devengada, como resarcimiento de los daños y perjuicios que tal omisión de plazo ocasione a la empresa. Lo establecido en el párrafo precedente se entiende sin perjuicio de la indemnización prevista en los supuestos que contempla el artículo 21 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
2. En caso de incumplimiento parcial, esto es, cuando la persona trabajadora preavisare de su cese, aunque con antelación menor a los quince días laborables, la penalización, es decir, la pérdida de paga extra devengada será igualmente parcial, en proporción de un quinceavo de la cuantía de la paga extra correspondiente por cada día laborable que falte para completar los quince fijados por el presente convenio."
Entonces, mi caso: pagas extra: 1174 navidad y verano. (la pagas se pagan prorrateadas pero entiendo que para este calculo no influye): las pagas se devengan por semestre asi que la de navidad nada. La baja es en mayo asi que ha trabajado 5 de 6 meses. devengado: (1174/6)*5= 978.33 euros. Dicha persona solo ha preavisado con 10 dias laborables de los 15 que exige el convenio. Se descuentan 5. 1/15 por dia serian entonces 5/15 de penalizacion: 0.33*978.33: 326.11 euros de descuento por falta de preaviso.
esto esta bien calculado?

