Calculo vacaciones tras baja 545 dias

PEDRO

Miembro conocido
Trabajadora que se reincorpora el 7 de marzo, se la dan vacaciones y no está de acuerdo.
Yo le calculo las pendientes del 2024, 2025 y hasta ese dia 7 que se incorpora como digo. Según ella no vale porque estando de vacaciones, 65 días ahora, dice que sigue generando más.
Yo le digo que no que las genera trabajando no ahora por la peculiar situación.
¿Quien tiene razón?
 

MICA

Miembro activo
Trabajadora que se reincorpora el 7 de marzo, se la dan vacaciones y no está de acuerdo.
Yo le calculo las pendientes del 2024, 2025 y hasta ese dia 7 que se incorpora como digo. Según ella no vale porque estando de vacaciones, 65 días ahora, dice que sigue generando más.
Yo le digo que no que las genera trabajando no ahora por la peculiar situación.
¿Quien tiene razón?

La verdad es que no entiendo lo que quieres decir, para ayudarte. Tendrá pendientes 2024, 2025 y las que se generen en 2026 (obviamente los días de vacaciones que este realizando este año que correspondan a los anteriores, devenga vacaciones de este año, pero no por ello genera el "doble", sí es lo que quiere decir).
 

Naialaboral

Miembro conocido
La verdad es que no entiendo lo que quieres decir, para ayudarte. Tendrá pendientes 2024, 2025 y las que se generen en 2026 (obviamente los días de vacaciones que este realizando este año que correspondan a los anteriores, devenga vacaciones de este año, pero no por ello genera el "doble", sí es lo que quiere decir).
ESO ES
 

PEDRO

Miembro conocido
La verdad es que no entiendo lo que quieres decir, para ayudarte. Tendrá pendientes 2024, 2025 y las que se generen en 2026 (obviamente los días de vacaciones que este realizando este año que correspondan a los anteriores, devenga vacaciones de este año, pero no por ello genera el "doble", sí es lo que quiere decir).
Me explico. Ella se incorpora el 7 de marzo, puede le dan vacaciones del 2024, 2025 y más la parte proporcional de las generadas del 1 de enero al siente de marzo del 2026.
Pues bien, esa dice que aunque esté de vacaciones del 7 de marzo al 11 de mayo, genera también vacaciones por ese periodo. Y yo le digo que no porque no está trabajando esta fe vacaciones. Ese es el dilema.
 

MICA

Miembro activo
Me explico. Ella se incorpora el 7 de marzo, puede le dan vacaciones del 2024, 2025 y más la parte proporcional de las generadas del 1 de enero al siente de marzo del 2026.
Pues bien, esa dice que aunque esté de vacaciones del 7 de marzo al 11 de mayo, genera también vacaciones por ese periodo. Y yo le digo que no porque no está trabajando esta fe vacaciones. Ese es el dilema.

Tiene razón la empleada, del 7 de marzo al 11 de mayo genera vacaciones del 2026.

Edito: Para que se entienda, del 1 de enero al 11 de mayo habría generado (en caso de disfrutar de 30 días naturales) de 10,76= 11 días. Es decir, cuándo se reincorpore en mayo tendría pendiente (habrá que descontar los 5 días que genero del 2026 hasta el 7 de marzo) 6 días del 2026.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Me da que la discusión viene porque en su momento, 7 de marzo, se le conceden todas las vacaciones pendientes y/o devengadas "hasta ese momento", y se fija una fecha de reincorporación efectiva lunes 11 de mayo.
Y ella ahora debe considerar que claro, eran 65 dias entre 2024+2025+ese corto periodo inicial de 2026. Pero ahora ya lleva transcurrido una cierta parte más de 2026, y ya tiene derecho a nuevas vacaciones.
Y lleva razón ella.
A fecha lunes 11 de mayo de 2026, corresponderían por el trascurso del 2026, 11 días naturales. Si solo ha disfrutado 5 días naturales, tiene derecho a 6 días más.

O sea, que al final entre 2024+2025+2026 tendrán que ser 30+30+30 días naturales en total.
 

Naialaboral

Miembro conocido
Tiene razón la empleada, del 7 de marzo al 11 de mayo genera vacaciones del 2026.

Edito: Para que se entienda, del 1 de enero al 11 de mayo habría generado (en caso de disfrutar de 30 días naturales) de 10,76= 11 días. Es decir, cuándo se reincorpore en mayo tendría pendiente (habrá que descontar los 5 días que genero del 2026 hasta el 7 de marzo) 6 días del 2026.
 
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Siux

Miembro
Una cosa es que siga generando vacaciones, que efectivamente las sigue generando, y otra cuándo tiene que disfrutar de las de 2026. No puede decidir unilateralmente disfrutarlas a continuación de las que ya tenía de otros años...tendrá que depender también de la organización del trabajo de la empresa y tendrá que acordarlo con la empresa y si la empresa determina otro momento para el disfrute de las vacaciones de 2026 y no está de acuerdo, que lo impugne judicialmente. La gente no piensa en nada más que en derechos y se pasa por el forro las obligaciones. Que igual es que no lo he entendido bien, pero lo que me ha parecido que queríais decir es que quiere incorporarse más tarde aún para disfrutar también lo que ha generado de 2026...
 

Cachilipox

Miembro conocido
...Y yo le digo que no porque no está trabajando esta de vacaciones. Ese es el dilema.

Es que las vacaciones no se generan por estar trabajando, sino por el mero transcurso del calendario, labores, descanses o vacaciones....
Eso sí, al final hay un tope mínimo, de tantos días en tanto periodo.
Cosa diferente es ya cuando tiene derecho a disfrutarlas, que hay que negociar y acordar.
 

PEDRO

Miembro conocido
Es que las vacaciones no se generan por estar trabajando, sino por el mero transcurso del calendario, labores, descanses o vacaciones....
Eso sí, al final hay un tope mínimo, de tantos días en tanto periodo.
Cosa diferente es ya cuando tiene derecho a disfrutarlas, que hay que negociar y acord
Muchas gracias por tu ayuda.
 
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