Calendario Laboral Barcelona 2014

Nando_bcn

Miembro conocido
Hola, ¿alguno está trabajando ya sobre el calendario laboral de Barcelona para el 2014? ¿o le ha llegado alguna versión?

De momento, a nivel oficial dispongo de a confirmación de los festivos nacionales y autonómicos (facilito enlace a la web de la Generalitat)

http://www.gencat.cat/especial/calendarilaboral/cas/

y me restaría únicamente confirmar los festivos oficiales locales, aunque, en principio deberíamos dar por supuesto que serán el 9 de junio (2ª Pascua) y el 24 de septiembre (la Mercé).
Curiosamente, en el Calendario Laboral de la Generalitat se indica que entre 4 de los festivos oficiales uno debería ser recuperable (Reyes, Lunes de Pascua, Sant Joan o San Esteban) aunque la necesidad de tener que recuperarlo o no también irá en función de la jornada anual de cada empresa.

En fin, en nuestro caso, que es fácil, jornada de lunes a viernes (otra cuestión, y ya para el cuadre de horas, es el que la mayoria de la plantilla tiene distribución irregular de la jornada)l , me da un total de 248 días teóricamente hábiles, esto es, 365 días naturales, menos 104 días entre sábados y domingos, menos 13 festivos oficiales que caen de lunes a viernes (que son los que a nosotros nos afectan), y  a los que habrá que restar las vacaciones.

Vaya, que si no hay nada raro, me cuadraría todo, al menos para los que hacen jornada regular. Así, considerando 8 horas diarias de lunes a viernes y 23 días hábiles de vacaciones, de da un total de 225 días hábiles (248-23) que multiplicados por las 8 horas diarias me da justo las 1.800 horas que fija el convenio como jornada anual. Bingo!

En fin, todo esto bajo la suposición de los festivos locales de los que aún no tengo confirmación oficial, pero respecto a los que no debería haber sorpresa alguna. ¿Alguien lo tiene ya contrastado o le ha tocado hacer cálculos en la misma linea?

Si consigo tener confirmado el esquema fácil de jornada regular a tiempo completo, me pongo ya con el resto de casos (jornada irregular, turnos...)

Gracias y saludos


 

leguleyo

Nuevo miembro
Yo he ido por la misma vía Nando, aunque me espero a la confirmación de las locales de toda Catalunya para enviarlo a los clientes.

Respecto al calendario tengo una duda profesional, suponiendo que tengáis intensiva algún mes: ¿Recuperáis o Compensáis de alguna forma la jornada intensiva de verano para quien hace vacaciones fuera de lo normal?

Es decir, no se trabajan las mismas horas anuales si coges las vacaciones en agosto que si lo haces en mayo, si solamente en agosto se hace intensiva de menos de 8 horas, y se pueden generar situaciones donde para el mismo puesto un trabajador si cuenta hora por hora, habrá hecho más que el de al lado....
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Hola Leguleyo, nosostros también teníamos ese problema, quien concetraba las vacaciones fuera del periodo estival de jornada intensiva trabajaba menos horas.
Solía mantenerse cierta consistencia aplicando una política de fijar un mínimo de días de disfrtue obligatorio en verano (con jornada intensiva), por ej 3 semanas. De hecho, eso tambien era coherente con la bajada de actividad en el empresa en ese periodo. Pero siempre había alguna excepción.

Como ya he comentado en alguna ocasión, desde hace un tiempo el tema de vacaciones lo gestionamos todo en horas (tanto el devengo como el disfrute), y con ello éste es otro de los problemas que hemos resuelto (recordaréis tambien  los temas de cambi de jornada arrastrando vacaciones, etc.).

Así, si tengo una jornada normal de 8 horas  y hago ese dia de vacaciones consumiré 8 horas de mi saldo de vacaciones. Si lo disfruto en durante el periodo de jornada intensiva de verano consumo 7 horas por día de vacaciones y si hago un dia durante el periodo de jornada partida del resto del año (menos los viernes que siempre hacemos intesiva de 7 horas) consumo 9 horas.
Y es que no era justo que consumiera las mismas vacaciones(y me refiero siempre a jornada completa pero con distribución irregular durante el año) el que disfruta de un dia dde 9 horas y con una hora al mediod dia de interrupción que el que disfruta de un dia de 7 horas seguidas.

Antes eran muchos los que querían reservarse el mayor numero de dias de vacaciones para fuera de verano (si se lo podian permitir por no tener hijos en el colegio, etc, además de aprovechar mejoras ofertas, encima les cundia mas, eran dias de vacaciones más largos e igualmente retribuidos) ahora la gente prefiera concetrarlas justo en verano (que ya le va bien a la empresa) y es que a nivel de días les cunden más (sólo gastan 7 horas por día).

En fin, así lo hemos solucuonado nosotros. Las vacaciones son x horas al año, y equivaldran siempre a x horas al año, se disfruten cuando se disfruten. Y ello, además de ser más justo, facilita el cuadre de jornada anual, sin tener que reparar en que fechas o tipo de jornada se han dispfrutado las vacaciones.

Saludos
 

leguleyo

Nuevo miembro
La duda que tengo es con los convenios que hablan de días naturales... Directamente aplicáis 22-23 días laborables?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Nuestro convenio (que es bastante raro con estos temas, el de Consultoria), fija 23 días hábiles, pero luego, en el caso de que se disfrute de al menos un mes de jornada intensiva y/o existan festivos adicionales de empresa (en nuestro caso ocurren ambas cosas con la mayoria de la plantilla) lo deja en 22 días hábiles de vacaciones.
En cualquier caso, la jornada anual es la misma para todos, 1.800 horas.
En jornada regular, y como habéis visto cuando lo he comentado en el primer mensaje de este hilo, la cosa es fácil, este año (y el que viene, y suele ser así casi cada año) trabajando de lunes a viernes, resultan 248 días hábiles. Como es este caso tienen 23 días de vacaciones, quedaran en 225 que, en caso de ser a jornada completa, multiplicados por 8 me da justo las 1800 horas de convenio.
Si pasamos todo a horas, tenemos que las 248 jornadas teóricamente hábiles y de 8 horas equivalen a 1.984 horas al alo
Por otro lado tengo que los 23 días hábiles de vacaciones, también de 8 horas, equivalen a 184 horas(devengan 15,33 horas por mes completo o la parte proporcional por fracción de mes), por tantp 1.984-184= 1.800h. me cuadra. Ahi siempre habrán disfrutado de 23 días (aunque pueden haber fracciones de día, por ej, hay quie se toma una tarde gastando 2 o 3 horas, o un rato para alguna gestion durante la jornada, consumiento también unas horas, etc. pero al final globalmente, equivaldrán a 23 jornadas hábiles completas).

En el caso de jornada irregular, cierto, la cosa se complica. Ahi son 22 días que si consideramos una jornada promedio de 8 horas, equivalen a 176 horas de vacaciones al año (en este caso devegan 14,67 horas al mes). La jornada anual me cuadrará igualmente ya que existen festivos adicionales de empresa y siempre, en función de las horas que resulten cada año al verificar el calendario oficial y la distribución de jornada, podemos definir mecanismos de ajuste para cada año (por ej. un festivo adional más, o algunas jornadas adicionales con horario intensivo hasta el mediodía, etc.). Para mi es sagrado que la jornada sea al final de 1.800 horas y se tenga la jornada que se tenga y se disfruten las vacaciones cuando se disfruten.
En este caso y por aquello de cumplir tambien con los 22 días hábiles de vacaciones que marca el convenio, si se concentran en verano, justo cuando hay jornada intensiva, y por lo que ya he explicado, al consumir solo 7 horas por día, a nivel de jornadas cuden más, y es normal que la gente acabe haciendo 24, 25 o incluso más dias hábiles  de vacaciones. Es evidente que eso no supone ningun problema.
Pero es cierto que cuando pasamos a este sistema si que repare como posible problema si alguien disfrutaba de muchas vacaciones en jornadas de 9 horas y que por ese motivo no llegase a los 22 días habiles que fija el convenio (porque es cierto, el convenio, al hablar de vacaciones, lo hace en dias, no en horas). Bueno, cuando expuse este posibilidad, incluso al propio comité de empresa, todos vinieron a decir, "hombre, si ocurre eso es porque el empleado ha pedido expresamente disfrutar de esas vacaciones fuera del periodo de verano, ya que la politica de la empresa es concentrarla en verano, así que poco podría reclamar el trabajador si ha preferido hacer menos días pero "más largos". Ya, pero, por si acaso, y más allá de las reclamaciones del propio trabajador, yo no quiero que nadie me cuestione eso. Es por eso que sí puse enfasis en que debia determinarse una distribución de la vacaciones, que, aunque flexible, y a base de concentrar un mínimo de jornadas en la epoca estival y que coincide con la jornada intensiva (y que es tambien cuando la empresa prefiere que la gente concentre sus vacaciones por el menor nivel de actividad), se asegurase que cada trabajador disfrutaría de al menos los 22 días hábiles que marca el convenio (a poco que se disfruten al menos 3 semanas dentro de ese periodo se consigue). Al final, como ya he comentado, la gente acabada haciendo 23, 24... incluso 25 días (si los hace todos durante la jornada intesiva), pero siempre quivaliendo a un mismo numero de horas, es decir, 176 y que me cuadra con la jornada anual. Y, como digo, vigilamos que nadie pida una distribución (ni menos aun la empresa la propone por inicitiva propia) que no suponga disfrutar de al menos esas 22 jornadas hábiles que marca l convenio en caso de jornada irregular.

Bueno, al final aun lo hemos resuelto mejor. Hemos convertido los dias festivos adicionales de empresa en vacaciones (desaparecen los festivos como tal, pero se aumenta el devengo de las vacaciones con el numero de horas equvalente a esos dias festivos que desaparecen). Eso, además de dar más flexibilidad a los trabajadores (ya no tienen que hacer por fuerza fiesta en ese periodo predefinido a nivel de empresa) tambien supone una ventaja para la empresa al no tener que casi parar en dias o periodos concretos que, oficialmente no son festivos, quedando su disfrute mejor distribuido, pero es que, además, respecto al tema que comentamos, así si que queda sobradamente asegurado el que la gente haga un minimo de 22 dias de vacaciones (antes eran 176 horas de vacaciones + 8 o 9 festivos adiconales de empresa, ahora todo son vacaciones, son más dias, 30 o más, y hábiles, pero el equivalente en horas es el mismo, sigo asegurando el cuadre con la jornada anual y encima cumplo con  holgura (incluso aunque muchos dias de vacaciones se disfruten en jornadas que requieren consumir 9 horas) el asegurar al menos los 22 días hábiles que marca el convenio.

Pero vaya, si no dispones de ese margen especial que a nosotros nos daban esos festivos adicionles, lo que he comentado como primera solución, fijar unos esquemas de distribucion de vacaciones que, a pesar de que segun las horas que pueda tener cada dia y si tambien gestionas las vacaciones en horas, aseguren que al menos se hacen los 22 o 23 dias que pueda fijar tu convenio.

Saludos

 

Nando_bcn

Miembro conocido
leguleyo dijo:
Joder Nando, da gusto leerte. Muchas gracias!

No, lo que da gusto es que haya gente que tenga la paciencia de leerse alguno de los ladrillos que suelto, y que encime te diga luego que le gustan, je,je

En todo caso, gracias a ti, leguleyo.

Saludos
 
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