Cambiar parcialidad mes despues

Petrus

Miembro conocido
No, el plazo es de tres días desde la fecha de efecto. Otra cosa es que a nivel operativo, te dejen hacerlo en plazo mientras los seguros no están confirmados.
Tendría que buscarlo, pero ya dejaban 3 dias del mes siguiente para hacer el cambio, de hecho antes si estabas fuera de esos 3 dias no te permitía cambiar lo del mes anterior, en algun BNR vinieron a decir algo como que te permitían cambiarlo hasta la confirmación de los Seguros Sociales, pero que eso no implicaba librarse de posibles sanciones por hacerlo fuera de plazo.
 

MarLo

Miembro conocido
Hay que diferenciar entre:

1) Variaciones de jornada: se puede durante los tres días siguientes. Si no se hace en esos días, va fuera de plazo. Aunque en algún boletín explicaron que dejan hacer el movimiento hasta confirmar liquidación, eso no impide que TGSS lo considere fuera de plazo si te pasas de los tres días

Y otra cosa es....

2) Cambio de CTP con carácter retroactivo: en los 3 primeros días del mes se permite cambiar el coeficiente referido a todo el mes inmediatamente anterior (o al periodo de alta que haya tenido en trabajador si fue alta durante el mes). Esto último es un movimiento totalmente legal y en plazo y figura en diferentes boletines red (antigüamente era durante los 6 primeros días). Muy útil para caterings con eventos, yo la uso, documentándolo en el contrato y notificándolo al trabajador. Si doy de alta a un trabajador 6 horas a la semana y luego resulta que tuvieron eventos extras... hago la media y lo comunico en esa ventana de 3 días referido a todo el mes anterior. Tengo que poner como fecha de inicio del cambio, el 01/ del mes anterior.
 

yujurl

Miembro conocido
Pues la verdad es que es la primera vez que lo oigo, yo cuando empecé eran 6 días de plazo para hacer cambios, luego lo bajaron a 3, y luego fue lo de que técnicamente se podía hacer hasta confirmación pero que lo comunicaban a inspección.
 

yujurl

Miembro conocido
Hay que diferenciar entre:

1) Variaciones de jornada: se puede durante los tres días siguientes. Si no se hace en esos días, va fuera de plazo. Aunque en algún boletín explicaron que dejan hacer el movimiento hasta confirmar liquidación, eso no impide que TGSS lo considere fuera de plazo si te pasas de los tres días

Y otra cosa es....

2) Cambio de CTP con carácter retroactivo: en los 3 primeros días del mes se permite cambiar el coeficiente referido a todo el mes inmediatamente anterior (o al periodo de alta que haya tenido en trabajador si fue alta durante el mes). Esto último es un movimiento totalmente legal y en plazo y figura en diferentes boletines red (antigüamente era durante los 6 primeros días). Muy útil para caterings con eventos, yo la uso, documentándolo en el contrato y notificándolo al trabajador. Si doy de alta a un trabajador 6 horas a la semana y luego resulta que tuvieron eventos extras... hago la media y lo comunico en esa ventana de 3 días referido a todo el mes anterior. Tengo que poner como fecha de inicio del cambio, el 01/ del mes anterior.
Pues nunca he usado este segunda opción la verdad. ¿Se hacía como una variación normal?

Ahora se puede hacer por lo de los cambios de plazos comentados, pero antes te lo permitía el sistema?
 

Petrus

Miembro conocido
Hay que diferenciar entre:

1) Variaciones de jornada: se puede durante los tres días siguientes. Si no se hace en esos días, va fuera de plazo. Aunque en algún boletín explicaron que dejan hacer el movimiento hasta confirmar liquidación, eso no impide que TGSS lo considere fuera de plazo si te pasas de los tres días

Y otra cosa es....

2) Cambio de CTP con carácter retroactivo: en los 3 primeros días del mes se permite cambiar el coeficiente referido a todo el mes inmediatamente anterior (o al periodo de alta que haya tenido en trabajador si fue alta durante el mes). Esto último es un movimiento totalmente legal y en plazo y figura en diferentes boletines red (antigüamente era durante los 6 primeros días). Muy útil para caterings con eventos, yo la uso, documentándolo en el contrato y notificándolo al trabajador. Si doy de alta a un trabajador 6 horas a la semana y luego resulta que tuvieron eventos extras... hago la media y lo comunico en esa ventana de 3 días referido a todo el mes anterior. Tengo que poner como fecha de inicio del cambio, el 01/ del mes anterior.
Muy bien explicado
 

MarLo

Miembro conocido
Pues nunca he usado este segunda opción la verdad. ¿Se hacía como una variación normal?

Ahora se puede hacer por lo de los cambios de plazos comentados, pero antes te lo permitía el sistema?
se puede seguir haciendo sin problema... en el ejemplo de camarero del catering que por ejemplo en noviembre lo doy de alta 10 horas a la semana para cubrir eventos, pero en diciembre tuvo algún evento más (en catering es difícil saber cómo acabará el mes...) que hace que la media me salga en 12 horas a la semana, pues durante el 01/01/26, 02/01/26 y 03/01/26 (es decir en esos tres primeros días) me voy a cambio de contrato (tipo/coeficiente) de sistema red y ahí pongo que hago un cambio desde el 01/12/25 y ese trabajador cotizará por 12 horas a la semana (parcialidad 0,400). y ya está. Lo cambio en el programa de laboral y lo documento con el trabajador.

Esto por ejemplo ya aparecía en boletines del 2014 como cambio de CTP "con carácter retroactivo" y en los más recientes del 2021 la duración de esa "ventana" ya la han actualizado el plazo ordinario y más habitual de tres días

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