CAMBIO EN LA JORNADA

  • Iniciador del tema bernardo
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B

bernardo

Guest
Hola, necesito un poco de ayuda. Soy autónomo y tengo contratado hace años un auxiliar administrativo, por problemas de la crisis necesito reducirle la jornada y cambiarle el horario. Ahora hace de lunes a viernes 40 horas en jornada partida. Puedo hacerlo? Tengo varias opciones, pero la más útil sería que entrara más tarde y saliera más tarde, aumentando el tiempo de comida, de lunes a miércoles y los jueves y viernes sólo de tarde. O algo así. Se que tengo que avisar con 30 días. Tiene que cumplirlo obligatoriamente o se puede negar? Qué hago si se niega? Por otro lado, si reduzco las horas, le reduciría el sueldo, ¿puedo? O ¿podría no aplicar subida del IPC este año? cobra mucho más que el base. Perdón por tantísimos interrogantes y gracias por ayudar.
 

FERNANDO

Miembro conocido
No puedes reducir la jornada unilateralmente. Le puedes cambiar el horario, eso sí, pero mediante lo dicho en el art. 41 del ET. Y sí, a no ser que el convenio diga en contra algo, no tienes porque subirle el IPC (mejor dicho, subida convenio, pues este año el IPC será apróximadamente 0).
 

bela

Nuevo miembro
Hola;
La modificación de jornada debe ser un acuerdo entre empresario y trabajador y ambos deben dar su consentimiento por escrito y registralo en la oficina de empleo ( haciendo referencia al contrato al que se refiere). El horario también debe ser consentido.  No le puedes obligar.
Si le estás pagando por encima de convenio, le aumentarás los conceptos del convenio cuando se revise pero no tienes porque pagarle más salario bruto o neto, porque lo único prohibido es pagarle por debajo del convenio ( que es el mínimo).
Espero haberte servido de ayuda.
 
B

bernardo

Guest
Muchas gracias, pero con las dos respuestas que me dais sigo con algunas dudas... Bela dice que no le puedo cambiar el horario y me parece enteneder que Fernando dice que sí. ¿Puedo entonces, conservarle la jornada de 40 horas semanales, pero modificar el horario en que lo venía realizando? La idea sería que de lunes a miércoles trabajara 9 horas y media y los jueves y viernes hiciera menos, alterando la hora de entrada y salida que tenía hasta ahora. Se que eso es una modificación sustancial en su horario. Me parece entender que lo puedo hacer, pero que si no está de acuerdo puede solicitar la rescisión del contrato (pagando 20 días por año) o reclamar judidialmente, ¿esto es así?. Lo del salario, entiendo que puedo no subirle nada este año. Muchas gracias, agradezco vuestra ayuda y espero que me podáis responder a las aclaraciones.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Totalmente de acuerdo, Bernardo. El trabajador puede impugnar la decisión y pedir la extinción indemnizada con 20 días/año. Eso sí, tienes que hacer carta preavisando con un mes.
 

bela

Nuevo miembro
Hola Bernardo,
Lo que yo te aconsejo, es no llegar a peores términos siempre y cuando dialogando se pueda llegar a un acuerdo previo.
Si los dos estais de acuerdo no habrá problemas, ni despidos, ni indemnizaciones ni problemas.
 
B

bernardo

Guest
Gracias Bela, ya me gustaría a mi que le pareciera bien, pero me temo que no. En fin, ya veremos cómo lo planteo. Gracias por contestar.
 
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