africallora
Miembro conocido
Buenas, tengo ya la confirmación de que se han producido cambios en las cotizaciones de las EH.
Pasan a ser como sigue:
La cotización por Desempleo se equipará a la del Régimen General en cuanto a la distinción que hay entre contratos fijos y temporales.
1.º Contratación de duración indefinida, será el 7,05 por ciento del que el 5,50 por ciento será a cargo del empleador y el 1,55 por ciento a cargo del empleado.
2.º Contratación de duración determinada, será el 8,30 por ciento del que el 6,70 por ciento será a cargo del empleador y el 1,60 por ciento a cargo del empleado.
Se mantiene el 20% de Dto. En Contingencias comunes y el 80% en Desempleo y Fogasa. Dejando los guarismos porcentuales de la siguiente manera:
Empleada:
Contingencias Comunes 4.70%
MEI: 0.10%
Desempleo: 1,55% (Contrato Indefinido)
Empleador:
Contingencias Comunes: 18,88% (20% dto.)
MEI: 0,50% (No se aplica descuento)
AT y EP: 1,50%
Desempleo: 1,10% (80% dto.) (Contrato Indefinido)
Fogasa: 0.04% (80% dto.)
Subo un modelo de nómina en Excel, para que nos sirva de pruebas mientras nos ponemos al día en los programas A3 Nom, Nominasol o el que tenga cada uno. He aplicado los porcentajes de arriba y he metido también los nuevos tramos de cotización de 2023 para EH. (hoja 2 )
Con poner el Salario bruto en la casilla F50, las cotizaciones salen solas.
________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
EH por horas: 8,45€ /hora , resultado de incluir todos los conceptos retributivos, gratificaciones extraordinarias, descansos y vacaciones.
Para las EH a jornada completa o parcial, el precio x hora de presencia, guardia, complementaria o extra no debe ser inferior a 7,88€/hora, o descansos equivalentes.
_________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Espero que os sirva.
Saludos!!
Pasan a ser como sigue:
La cotización por Desempleo se equipará a la del Régimen General en cuanto a la distinción que hay entre contratos fijos y temporales.
1.º Contratación de duración indefinida, será el 7,05 por ciento del que el 5,50 por ciento será a cargo del empleador y el 1,55 por ciento a cargo del empleado.
2.º Contratación de duración determinada, será el 8,30 por ciento del que el 6,70 por ciento será a cargo del empleador y el 1,60 por ciento a cargo del empleado.
Se mantiene el 20% de Dto. En Contingencias comunes y el 80% en Desempleo y Fogasa. Dejando los guarismos porcentuales de la siguiente manera:
Empleada:
Contingencias Comunes 4.70%
MEI: 0.10%
Desempleo: 1,55% (Contrato Indefinido)
Empleador:
Contingencias Comunes: 18,88% (20% dto.)
MEI: 0,50% (No se aplica descuento)
AT y EP: 1,50%
Desempleo: 1,10% (80% dto.) (Contrato Indefinido)
Fogasa: 0.04% (80% dto.)
Subo un modelo de nómina en Excel, para que nos sirva de pruebas mientras nos ponemos al día en los programas A3 Nom, Nominasol o el que tenga cada uno. He aplicado los porcentajes de arriba y he metido también los nuevos tramos de cotización de 2023 para EH. (hoja 2 )
Con poner el Salario bruto en la casilla F50, las cotizaciones salen solas.
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EH por horas: 8,45€ /hora , resultado de incluir todos los conceptos retributivos, gratificaciones extraordinarias, descansos y vacaciones.
Para las EH a jornada completa o parcial, el precio x hora de presencia, guardia, complementaria o extra no debe ser inferior a 7,88€/hora, o descansos equivalentes.
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Espero que os sirva.
Saludos!!
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