Necesito vuestra ayuda, pues estoy un poco perdido en el modo en que he de proceder en un caso de un Cliente que me dice que tiene que quiere reducirle la jornada a una empleada pues "el negocio no le da".
El artículo 12 del ET prohíbe la modificación de la jornada de trabajo de manera unilateral, así como también acudir a la vía del 41 parA esto, pues la modificación ha de ser voluntaria. También indica que nadie puede sufrir represalias por negarse al cambio no pudiendo ser despedido, pero luego te dice que puedes acudir al objetivo, y aquí es donde recabo vuestra ayuda para ordenar mis ideas a como proceder.
- Inicialmente tendría que comunicarle la empresa su deseo de cambiarla de tiempo completo a parcial, para ello ¿Tendría que hacerlo por escrito indicando las nueva jornada y horario o sirve verbalmente? De hacerlo por escrito ¿Le tendría que motivar más causas?
- De producirse la negativa ¿Se podría acudir al objetivo? ¿Se entiende que es un acto de represalia?
Perdón por el.mensaje tan largo
El artículo 12 del ET prohíbe la modificación de la jornada de trabajo de manera unilateral, así como también acudir a la vía del 41 parA esto, pues la modificación ha de ser voluntaria. También indica que nadie puede sufrir represalias por negarse al cambio no pudiendo ser despedido, pero luego te dice que puedes acudir al objetivo, y aquí es donde recabo vuestra ayuda para ordenar mis ideas a como proceder.
- Inicialmente tendría que comunicarle la empresa su deseo de cambiarla de tiempo completo a parcial, para ello ¿Tendría que hacerlo por escrito indicando las nueva jornada y horario o sirve verbalmente? De hacerlo por escrito ¿Le tendría que motivar más causas?
- De producirse la negativa ¿Se podría acudir al objetivo? ¿Se entiende que es un acto de represalia?
Perdón por el.mensaje tan largo