Ya he reconocido que, en la práctica, es una cuestión más de estilo que de otra cosa.
Es cierto que a menudo puede parecer hacer el paripé hacer mención a una causa concreta para luego acabar reconociendo la improcedencia.
Pero también los hay críticos a lo de despedir sin indicar causa alguna, por el mero hecho de reconocer la improcedencia.
Yo, es cierto que cada vez me complico menos, pero al inicio de esta posibilidad (reconocimiento de la improcedencia por la propia empresa, sin necesidad de ir a conciliación tras la reforma del 2002) y cuando todavía existía gente que defendía la posibilidad de considerar nulo el despido que no indica causa por generar indefensión (yo nunca entendí que eso pudiera ser así, pero para ser práctico y ahorrarme posibles pleitos con quien quisiera luchar por eso) y además, para que no pareciera tan, tan informal que incluso el INEM pudiera sospechar cierta connivencia entre empresa y trabajador para acordar el despido, reconozco que por aquel entonces me lo curraba y trataba no ya sólo de indicar una causa concreta sino que añadir detalles como fechas, situaciones concretas, advertencias previas, etc. Claro que nunca era totalmente inventado, como mínimo había siempre al menos "analógia" (podía haber un bajo nivel de rendimiento, pero no necesariamente voluntario, o suficientemente grave, etc), porque claro, cuando despides, no es "porque sí", siempre hay alguna razón, pero claro, ya sabemos que conseguir que sea procedente, eso es muy difícil, incluso cuando hay causa como tal.
Vamos, que "me curraba" bastante la redacción del comunicado del despido. Además, el reconocimiento de improcedencia, también en escrito distinto (aunque tuvieran la misma fecha y se entregaran de forma consecutiva).
Con los años he podido comprobar que simplemente comunicando el despido, sin más detalle, y reconociendo la improcedencia en el mismo escrito, no hay tampoco ningún problema (validez del despido, acreditación situación legal de desempleo a efectos de la prestación, etc.), sobretodo si hay indemnizacion por medio y cuyo pago queda acreditado (porque sino, sí que puede cantar).
Por tanto, a día de hoy, es una cuestión más de estilo que práctica.
A unos les parece que es hacer el paripé de forma innecesaria concretar una causa a otros les da cierto repelús comunicar el despido sinseñalar el por qué, aunque sea con reconocimiento de la improcedencia.
Eso sí, si no tengo dudas sobre la horadez del empleado, no voy a poner que ha robado y que se le despide por "transgresión de la buena fe´".
En estos casos, el "comodín del público" suele ser la disminución del rendimiento, algo más aseptico y que, al menos en los casos con los que yo me encuentro, siempre tiene cierta afinidad con la realidad (insisto, lo que podría cuestionarse es que sea de formam voluntaria, pero por eso reconozco la improcedencia). Y de cara al trabajador, y para facilitar su comprensión, se le hace ver que, dentro de la lista cerrada de causas de despido que el ET contempla, esta es la que tiene menos connotaciones negativas (las alternativas son robar, agredir...). Como decía en mi primera intervención, se le intenta explicar las reglas del juego, que la norma, desde hace unos años, marca esta dinámica (despido-reconocimiento de improcedencia + indemnización-paro), que hay que indicar una causa, que es cierto que, por lo que sea, la empresa no está satisfecha con su rendimiento, pero que no pretendemos dar a entender que es tan grave o deliberado, y por eso reconocemos la improcedencia, le pagamos la indemnización legal (calculada de forma impecable) y que con esto ya puede pedir la prestación de desempleo. Se le explica tambien que, confiando haya entendido esta dinámica (el por qué de la carta de despido...), no tiene ningún sentido ni puede obtener ningún otro beneficio, al contrario, por no "cooperar" y que la alternativa es que la empresa consigne la indemnizacion en el juzgado y él tenga que incurrir en trámites adicionales, costes y demoras que puede ahorrarse. Ah!, y que esa carta de despido, en la que se señala "tal causa", no va a aparar a ninguna base de datos o queda como una mancha en su historial, como alguno cree, al menos no de manera formal y que cualquiera pueda tener acceso a la misma (es que muchos créen eso).
Normalmente, y a pesar de las circunstancias, lo entienden. Yo aún no he tenido que ir a consignar ninguna indemnización, y eso que he tenido algunos despidos difíciles y polémicos, Pero, repito, aún en esas circunstancias, se les intenta explicar las cosas, los cálculos, las alternativas, y en fin, al final lo suelen entender y aceptar.
Ahora, eso sí, yo ya he explicado como me gusta hacerlo a mi, pero, repito una vez más, si uno no quiere complicarse indicando causa de despido, etc, probablemente no tenga ningún problema (y yo casi ya estoy llegado a eso, pero aún me gusta complicarme un poquito más).
Saludos