CONTESTACIÓN DEL SEPE: El certificado de empresa es un documento exclusivo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), para trabajadores que pueden acceder a cobrar prestaciones por desempleo. Y es obligatorio que las empresas lo envíen telemáticamente.
En este caso, la empresa no debe enviar un certificado de empresa de un trabajador que está de baja por agotamiento de la incapacidad temporal ya que esta suspensión del contrato no es una situación legal de desempleo que permita acceder al cobro de una prestación.