Clausula( IT en período de prueba)

PEDRO

Miembro conocido
No te entiendo, el art 45 Et establece que el contrato se puede suspender por mutuo acuerdo, por lo que tengo un contrato temporal y el trabajador se situa en IT y he pactado que no se suspende, el tiempo de contrato no se interrumpe y sigue corriendo.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No te entiendo, el art 45 Et establece que el contrato se puede suspender por mutuo acuerdo, por lo que tengo un contrato temporal y el trabajador se situa en IT y he pactado que no se suspende, el tiempo de contrato no se interrumpe y sigue corriendo.
Temo que la "suspensión" del art. 45 ET no se refiere al cómputo en la duración en el caso de contratos temporales.
 
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