Comida como salario ??

Joran

Nuevo miembro
Hola a todos.
He visto que hay en el foro temas ya discutidos sobre vales y tickets de comida, pero me gustaria que me orientarais sobre una variante, quen concretamente es mi caso.
La empresa me pagaba la comida cada día que estaba en ella (si viajaba también me pagaba lo que gastase), pero sin vales de comida; simplemente ibamos algunas personas a un Restaurante cercano y tomamos un menu de 18 EURO; si queríamos añadir una cerveza u otro complemento, simplemente lo pedíamos sin más. La empresa liquidaba las facturas semanalmente.
Actualmente la empresa ha realizado una reestructuración de personal en la cual me ha incluido y en estos momentos estoy a la espera de juicio.
Mi abogado ha incorporado la cantidad diaria en la demanda como salario a efectos de indemnización, pero no tengo muy claro si se puede considerar salario (en especie o no) o no y cómo enfocar el juicio para poderlo incorporar en la indemnización.
Alguno de vosotros me podría ayudar ??
Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hombre, tu salario lo pone como retribución en especie. Entiendo que no lo es; son cantidades compensatorias, pro no retribuyen el trabajo. Eso sí; si cuela, cuela.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No, retribución en especie no lo es. Lo sería si lo que se entregara fueran vales-comida (que estarían exentos hasta el limite de 9€/día).
Pero si lo que hace la empresa es reembolsar el importe de las comidas, eso, tanto para Hacienda como para la S.S. , es retribucion dineraria y, además, no exenta (ya que tampoco cumple con los requisitos de las dietas, puesto que no neceriamente se da un desplazamiento fuera del centro de trabajo y de la localidad de residencia del trabajador).

Puede tener una finalidad compensatoria, pero tal como está instrumentalidada, podría reclamarse su condición de salario. Yo, como parte interesada, trataría de reclamarlo.

Saludos
 

Joran

Nuevo miembro
Gracias por vuestras respuestas.

Hay bastante coincidencia pero no me queda claro el concepto de cantidad o finalidad compensatoria.

Entiendo que a mi la empresa no me compensaba por nada; yo disponía de 1 hora y media para comer con lo cual me daba tiempo de sobras para ir a mi casa, comer y volver (disponía de coche de empresa, gasolina de empresa y parking de empresa en mi casa).

Hace tiempo se decidió en la empresa que determinados cargos tenían derecho a comer gratis en un restaurante cercano. No hay ningún documento escrito, pero así fue. Supongo que el origen era que otras de las personas que íbamos al restaurante vivían más lejos y no les daba tiempo de ir a casa, pero ese no era mi caso. A mi me lo daban gratis y yo usaba ese privilegio.

Veo que hay muchos matices en eso, por eso me gustaría saber en el momento del juicio como responder a las preguntas en la forma mas favorable.

Sabéis si hay alguna jurisprudencia sobre este tema ??

Muchísimas gracias por vuestras opiniones y consejos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Vamos a aclarar conceptos: retribución en especie es aquella que se paga al trabajador por su prestación de servicios. O bien está indicada por convenio, por contrato o por mejora voluntaria. A veces no es fácil deslindar lo que es una cosa y lo que es otra. Pagar la comida, opino, no está ligada a la prestación de servicios (a no ser que así se diga). Más bien, interpreto que es un concepto que compensa el hecho de que el trabajador se queda a comer en la empresa (por mucho que tenga tiempo de ir a casa) y, así, digamos que no desconecte de la actividad laboral. Otra cosa es el tratamiento fiscal o de cotización.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero Fernando, más allá de su posible naturaleza salarial o compensatoria (yo veo ciertos visos de defender que es salarial), no puede ser en especie, ya que en la medida en que la empresa reembolsa un importe, eso es dinerario.
En cualquier caso, es un matiz intrascendente a estos efectos. Aquí se trata de valorar, más allá de si se trata de un concepto dinerario o en especie, si tiene naturaleza salarial o no.

Pero vaya, para que estemos ante un salario en especie ha de consistir en la entrega de un bien  o un servicio, a cargo de la Empresa (incluso tampoco lo es si la empresa se limita a reembolsar el gasto al trabajador). Si al final resulta que el resultado es un dinero que va al bolsillo del trabajador, aunque sea para comer, eso, repito, es dinerario.

Saludos
 

Joran

Nuevo miembro
Fernando y Nando,

Muchísimas gracias por vuestros comentarios y sobre todo por vuestro tiempo.
Me queda claro que el juez decidirá, pero permitidme una última pregunta práctica:

Qué concepto debo destacar en el juicio y cuál debo evitar decir para que existan más posibilidades de que el juez sí contemple la comida dentro del salario (y de la indemnización) ??

Gracias.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hombre, haciendo hincapié que la empresa incluye ese concepto como un incentivo más para vuestro trabajo.
 

Raquel GR

Miembro activo
Joran, lo más probable es que en el juicio no te dejen decir ni mu..., si tienes un abogado y este ha decidido meterlo para el cómputo de la indem, el ya sabrá que decir y en el caso en que tengas que declarar pues ya te dirá el, pero tu abogado seguro que sabe porqué lo ha metido en el cómputo, solo tienes que preguntarle.

El defenderá que no hay desplazamiento para justificar esas dietas y por lo tanto forman parte del salario y la empresa intentará demostrar el desplazamiento.

Pero vamos, que lo tienes ya en manos de un profesional que ya te dirá.
 

Joran

Nuevo miembro
Raquel,
Muchas gracias por tu respuesta.
Mi abogado lo ha metido todo en la indemnización, porque para quitar cosas siempre estamos a tiempo y para añadir cosas no. Su criterio es ponerlo todo y luego ya veremos.
De todas formas he visto que este tema se presta a muchas interpretaciones y por eso he pedido varios consejos y opiniones para ver otras experiencias.
Lógicamente será mi abogado quien decida como enfocar el tema, pero cuando se presta a muchas interpretaciones, creo que es muy importante conocer las experiencias de otros y cómo se ha enfocado en otros juicios y sus resultados.
De nuevo, muchas gracias por todo !
 
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