Buenos días,
una vez tenéis aprobado el ERTE por resolución o por silencio positivo, además de comunicar a los trabajadores la aplicación de la medida, lo hacéis también a la Autoridad Laboral, como prevé el RD 1483/2012?? Lo pregunto porque much@s compañer@s no lo están haciendo, pero yo entiendo que, aunque el nuevo rd introduce ciertas cuestiones, no derroga el resto de obligaciones del rd antigüo...
una vez tenéis aprobado el ERTE por resolución o por silencio positivo, además de comunicar a los trabajadores la aplicación de la medida, lo hacéis también a la Autoridad Laboral, como prevé el RD 1483/2012?? Lo pregunto porque much@s compañer@s no lo están haciendo, pero yo entiendo que, aunque el nuevo rd introduce ciertas cuestiones, no derroga el resto de obligaciones del rd antigüo...