Igual se comentó en otros temas, pero no lo encuentro. Quería consultaros si se puede iniciar un expediente sancionador a un trabajador por la comisión de una falta estando de baja médica. Me explico.
El convenio colectivo establece como falta leve del trabajador no comunicar a la empresa el motivo de la ausencia cuando obedezca a una IT o motivo justificado, salvo que pruebe la imposibilidad de poder hacerlo. Es pro ello que se le va a enviar por burofax y whtasapp (para que no haya dudas) una comunicación de inicio de expediente sancionador para que justifique la causa de la no comunicación, pero tengo duda si hay que esperar a comunicárselo una vez reciba el alta médica o se puede hacer ya.
Pregunto, porque no quiero enviarle la comunicación con el contrato suspenso por la IT y me salgan con una nulidad o denuncia por conculcar su derecho a la desconexión digital.
Gracias
El convenio colectivo establece como falta leve del trabajador no comunicar a la empresa el motivo de la ausencia cuando obedezca a una IT o motivo justificado, salvo que pruebe la imposibilidad de poder hacerlo. Es pro ello que se le va a enviar por burofax y whtasapp (para que no haya dudas) una comunicación de inicio de expediente sancionador para que justifique la causa de la no comunicación, pero tengo duda si hay que esperar a comunicárselo una vez reciba el alta médica o se puede hacer ya.
Pregunto, porque no quiero enviarle la comunicación con el contrato suspenso por la IT y me salgan con una nulidad o denuncia por conculcar su derecho a la desconexión digital.
Gracias