Comunicar datos de las sociedades y de los autónomos que la integran (plazo 30-06-24).

JAVIER_R

Miembro activo
Buenas tardes.
se me echa el tiempo encima y ya si que cojo el toro por los cuernos y me meto de lleno en este tema, pero me surgen estas dudas.
Por ejemplo una sociedad limitada con una sola actividad y dos autónomos, cumplo con la obligación de comunicar los datos de la sociedad (fecha registro, participación de socios, cargos...) y no tengo que entrar posteriormente a los datos del autónomo porque esa sociedad solo tiene una actividad, correcto?
Ahora bien, el mismo ejemplo pero que esa sociedad tuviese dos actividades, si estaría obligado a entrar en los datos de cada autonomo para indicar esas dos actividades, es así?.
Tercer caso, autónomos de una sociedad con una sola actividad, pero a su vez uno de esos autónomos ejerce una actividad por cuenta propia como persona física, obligatorio comunicar ambas en los datos del autónomo no?
Y por último, un autónomo persona física, sin ser miembro de ninguna sociedad, que ejerce más de una actividad, obligatorio comunicarlo antes del 30 de junio?
Hablando con un compañero me indica que el solo va a comunicar los datos de sociedades, comunidades de bienes, etc de los que es autorizado y que ni se le ocurre comunicar a nivel de autónomos de cada uno de los socios de los que no es autorizado...y se queda tan pancho, lo veis así?.
Y por último, ya no os agobio más, he ido a comunicar los datos de una sociedad, la cual, tiene dos trabajadores y le gestiono todo el tema laboral mensualmente y, por tanto, estoy autorizado, pero el sistema me indica que no puedo comunicar los datos de la sociedad porque no estoy autorizado, os ha pasado?.
Perdón por el sermón, muchas gracias y un saludo
 
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EstefaníaMJ

Miembro conocido
Buenas tardes.
se me echa el tiempo encima y ya si que cojo el toro por los cuernos y me meto de lleno en este tema, pero me surgen estas dudas.
Por ejemplo una sociedad limitada con una sola actividad y dos autónomos, cumplo con la obligación de comunicar los datos de la sociedad (fecha registro, participación de socios, cargos...) y no tengo que entrar posteriormente a los datos del autónomo porque esa sociedad solo tiene una actividad, correcto?
Ahora bien, el mismo ejemplo pero que esa sociedad tuviese dos actividades, si estaría obligado a entrar en los datos de cada autonomo para indicar esas dos actividades, es así?.
Tercer caso, autónomos de una sociedad con una sola actividad, pero a su vez uno de esos autónomos ejerce una actividad por cuenta propia como persona física, obligatorio comunicar ambas en los datos del autónomo no?
Y por último, un autónomo persona física, sin ser miembro de ninguna sociedad, que ejerce más de una actividad, obligatorio comunicarlo antes del 30 de junio?
Hablando con un compañero me indica que el solo va a comunicar los datos de sociedades, comunidades de bienes, etc de los que es autorizado y que ni se le ocurre comunicar a nivel de autónomos de cada uno de los socios de los que no es autorizado...y se queda tan pancho, lo veis así?.
Y por último, ya no os agobio más, he ido a comunicar los datos de una sociedad, la cual, tiene dos trabajadores y le gestiono todo el tema laboral mensualmente y, por tanto, estoy autorizado, pero el sistema me indica que no puedo comunicar los datos de la sociedad porque no estoy autorizado, os ha pasado?.
Perdón por el sermón, muchas gracias y un saludo
Nosotros los comunicamos el año pasado, aún así tengo que comunicar varios cambios de algunas sociedades y no veo el momento de sacar valor para hacerlo.

Nosotros comunicamos todos los socios, estuviéramos autorizados o no y lo comunicamos todo, los datos de la escrituras y los datos de todos los socios, total ya puestos lo mismo nos daba que nos daba lo mismo.
 

IVO

Miembro activo
Yo tengo que revisar estas semanas las sociedades que tienen varias actividades para indicar en los autonomos las diferentes actividades que llevan a cabo... Yo he comunicado datos de sociedades en las que habia gente que podia ser autonomo o no y aunque no tuviera autorizada tambien lo he comunicado... Algo se me escapara sobre todo alguna actividad de autonomso que hacen mil actividades
 
buenos días, a nosotros nos digeron que lo tienen que hacer ellos con certificado digital qu eno podemos hacerlo nosotros si no tienen CCC
Sí! Pero el problema que tenemos es que no esta empresa no tiene certificado digital porque tiene un follon con las escrituras en el registro y se está intentando solucionar pero mientras no puede tener el certificado, por eso preguntaba si se podía hacer sin...
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Por casia se puede siempre y cuando tengas los autonomos de la sociedad comunicados...si no no deja...
Nosotros hemos comunicado un montón de sociedades que no tenemos los autónomos autorizados por casia. Simplemente se envía escritura con foto de los dni de los autónomos y un TA.6 con los datos rellenos de la escritura, firmado por los autónomos y sociedad, se informa que no podemos comunicarlos nosotros porque no tienen autorizado a red.
 

Rosa2018

Miembro activo
Nosotros hemos comunicado un montón de sociedades que no tenemos los autónomos autorizados por casia. Simplemente se envía escritura con foto de los dni de los autónomos y un TA.6 con los datos rellenos de la escritura, firmado por los autónomos y sociedad, se informa que no podemos comunicarlos nosotros porque no tienen autorizado a red.
Me podrías decir en qué ruta...lo he intentado por tramite inscripción de empresas sin CCC y me pedía un dni y un naf. Al ponerle el dni del autonomo me decía que no estoy autorizada y no me deja continuar..
 
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