Buenas tardes.
se me echa el tiempo encima y ya si que cojo el toro por los cuernos y me meto de lleno en este tema, pero me surgen estas dudas.
Por ejemplo una sociedad limitada con una sola actividad y dos autónomos, cumplo con la obligación de comunicar los datos de la sociedad (fecha registro, participación de socios, cargos...) y no tengo que entrar posteriormente a los datos del autónomo porque esa sociedad solo tiene una actividad, correcto?
Ahora bien, el mismo ejemplo pero que esa sociedad tuviese dos actividades, si estaría obligado a entrar en los datos de cada autonomo para indicar esas dos actividades, es así?.
Tercer caso, autónomos de una sociedad con una sola actividad, pero a su vez uno de esos autónomos ejerce una actividad por cuenta propia como persona física, obligatorio comunicar ambas en los datos del autónomo no?
Y por último, un autónomo persona física, sin ser miembro de ninguna sociedad, que ejerce más de una actividad, obligatorio comunicarlo antes del 30 de junio?
Hablando con un compañero me indica que el solo va a comunicar los datos de sociedades, comunidades de bienes, etc de los que es autorizado y que ni se le ocurre comunicar a nivel de autónomos de cada uno de los socios de los que no es autorizado...y se queda tan pancho, lo veis así?.
Y por último, ya no os agobio más, he ido a comunicar los datos de una sociedad, la cual, tiene dos trabajadores y le gestiono todo el tema laboral mensualmente y, por tanto, estoy autorizado, pero el sistema me indica que no puedo comunicar los datos de la sociedad porque no estoy autorizado, os ha pasado?.
Perdón por el sermón, muchas gracias y un saludo
se me echa el tiempo encima y ya si que cojo el toro por los cuernos y me meto de lleno en este tema, pero me surgen estas dudas.
Por ejemplo una sociedad limitada con una sola actividad y dos autónomos, cumplo con la obligación de comunicar los datos de la sociedad (fecha registro, participación de socios, cargos...) y no tengo que entrar posteriormente a los datos del autónomo porque esa sociedad solo tiene una actividad, correcto?
Ahora bien, el mismo ejemplo pero que esa sociedad tuviese dos actividades, si estaría obligado a entrar en los datos de cada autonomo para indicar esas dos actividades, es así?.
Tercer caso, autónomos de una sociedad con una sola actividad, pero a su vez uno de esos autónomos ejerce una actividad por cuenta propia como persona física, obligatorio comunicar ambas en los datos del autónomo no?
Y por último, un autónomo persona física, sin ser miembro de ninguna sociedad, que ejerce más de una actividad, obligatorio comunicarlo antes del 30 de junio?
Hablando con un compañero me indica que el solo va a comunicar los datos de sociedades, comunidades de bienes, etc de los que es autorizado y que ni se le ocurre comunicar a nivel de autónomos de cada uno de los socios de los que no es autorizado...y se queda tan pancho, lo veis así?.
Y por último, ya no os agobio más, he ido a comunicar los datos de una sociedad, la cual, tiene dos trabajadores y le gestiono todo el tema laboral mensualmente y, por tanto, estoy autorizado, pero el sistema me indica que no puedo comunicar los datos de la sociedad porque no estoy autorizado, os ha pasado?.
Perdón por el sermón, muchas gracias y un saludo