CONSULTA INFRACCION LISOS

PEDRO

Miembro conocido
El artículo 22.7 de la LISOS, establece:

7. No solicitar los trabajadores por cuenta propia:

a) Su afiliación y hasta tres altas dentro de cada año natural, en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social, o solicitar las mismas fuera del plazo establecido, como consecuencia de actuación inspectora.
b) Su afiliación y hasta tres altas dentro de cada año natural, en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social, o solicitar las mismas fuera del plazo establecido, sin que medie actuación inspectora.
c) El resto de las altas que, en su caso, se produzcan dentro de cada año natural o solicitarlo fuera de plazo, cuando la omisión genere impago de la cotización que corresponda.
No entiendo a que se refiere con ese "y hasta tres altas dentro de cada año natural," ¿Alguien informado al respecto?
Gracias
 

MiriamSR

Miembro conocido
El artículo 22.7 de la LISOS, establece:

7. No solicitar los trabajadores por cuenta propia:

a) Su afiliación y hasta tres altas dentro de cada año natural, en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social, o solicitar las mismas fuera del plazo establecido, como consecuencia de actuación inspectora.
b) Su afiliación y hasta tres altas dentro de cada año natural, en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social, o solicitar las mismas fuera del plazo establecido, sin que medie actuación inspectora.
c) El resto de las altas que, en su caso, se produzcan dentro de cada año natural o solicitarlo fuera de plazo, cuando la omisión genere impago de la cotización que corresponda.
No entiendo a que se refiere con ese "y hasta tres altas dentro de cada año natural," ¿Alguien informado al respecto?
Gracias
Los autónomos pueden darse de alta al año todas las veces que quieran, pero sólo tienen 3 veces que pueden elegir fecha, para el resto de veces, las altas tendrán efecto desde el primer día del mes. Igualmente con las bajas.
 
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PEDRO

Miembro conocido
Los autónomos pueden darse de alta al año todas las veces que quieran, pero sólo tienen 3 veces que pueden elegir fecha, para el resto de veces, las altas tendrán efecto desde el primer día del mes. Igualmente con las bajas.
Gracias MiriamSR, lo de poder cursar el alta 3 veces en el año y elegir fecha lo se, pero lo leí que y me confundía pues parece como que si te das mas veces de 3 de alta te sancionan, cuando lo que ocurre es que en las siguientes altas, esta siempre va al día 1 del mes como ocurría antes.
Un saludo
 

MiriamSR

Miembro conocido
Gracias MiriamSR, lo de poder cursar el alta 3 veces en el año y elegir fecha lo se, pero lo leí que y me confundía pues parece como que si te das mas veces de 3 de alta te sancionan, cuando lo que ocurre es que en las siguientes altas, esta siempre va al día 1 del mes como ocurría antes.
Un saludo
Siiii, lo lian! En el apartado c) van el resto de bajas
 
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