Contratación trabajador con discapacidad Ley 43/2006

DavidGA

Miembro activo
Buenas tardes compañeros

Estoy revisando los requisitos para la contratación de un trabajador con discapacidad del 36 %

En la Ley 43/2006 en su artículo 6.1 d) Trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en otra empresa en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato. Esta exclusión no se aplicará cuando la finalización del contrato sea por despido reconocido o declarado improcedente, o por despido colectivo

Resulta que el trabajador si tuvo un contrato indefinido anterior en los últimos 3 meses finalizado por la empresa con una carta genérica en la que no reconoce expresamente el despido como improcedente pero si lo indemniza como tal en el finiquito

Creéis que habría algún problema a la hora de aplicar la bonificación?
Hacéis previamente algún trámite en la Seguridad Social para comprobar este requisito? Por ejemplo enviar un Casia
 

Rosa2018

Miembro activo
En estos casos lo que hago es mandarle a la empresa los requisitos que debe cumplir el trabajador para poder ser contratado con esta modalidad y que ellos hablen con el trabajador para saber si cumple
 

DavidGA

Miembro activo
La documentación del trabajador ya la tengo pero el problema es que su empresa anterior no reconoce expresamente el despido como improcedente
Le han abonado la indemnización por despido improcedente en el finiquito pero no se lo reconocen en la carta
Lo que quería saber es si alguien había tenido el caso ese anteriormente y si había tenido problemas con la Inspección de Trabajo
Gracias
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
1.- Yo enviaría una caisa
2.- si antes era indefinido o ha pedido una baja voluntaria/excedencia(ahí tengo claro que yo no aplicaria bonificación) o lo han despedido.. los contratos indefinidos no finalizan así porque si
Suerte
 
Última edición:

DavidGA

Miembro activo
Ya me contestaron del casia. Que eso no información que les corresponde a ellos sino al SEPE. Lo de siempre casia lanzando balones fuera

Es un riesgo aplicarse las bonificaciones si la empresa anterior no ha declarado expresamente en la carta el despido como improcedente

Gracias por la sugerencia
 
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