Hola amigos del foro!! A ver, tengo un cliente que no parece enterarse, o soy yo la que no se entera:
Él me dice literalmente que "si pasas más de 185 días fuera de España, no tienes residencia fiscal aquí, por lo que no pagarías IRPF. No lo tengo tan claro con las cotizaciones a la Seguridad Social"
Y yo le he dicho que si percibe rentas del trabajo en España, y de una sociedad española, estas estarán sujetas al Impuesto de No Residentes (creo que es un tipo fijo del 24%) y que luego tendrá que hacer su declaración en Francia teniendo en cuenta los ingresos y las retenciones efectuadas en España.
Y que, por supuesto, HAY QUE DARLE DE ALTA EN LA SS Y COTIZAR !!!!
Ainsssss.... ¿estoy en lo cierto o no??
Él me dice literalmente que "si pasas más de 185 días fuera de España, no tienes residencia fiscal aquí, por lo que no pagarías IRPF. No lo tengo tan claro con las cotizaciones a la Seguridad Social"
Y yo le he dicho que si percibe rentas del trabajo en España, y de una sociedad española, estas estarán sujetas al Impuesto de No Residentes (creo que es un tipo fijo del 24%) y que luego tendrá que hacer su declaración en Francia teniendo en cuenta los ingresos y las retenciones efectuadas en España.
Y que, por supuesto, HAY QUE DARLE DE ALTA EN LA SS Y COTIZAR !!!!
Ainsssss.... ¿estoy en lo cierto o no??