CONTRATAR LIMPIADORA PARA LA OFICINA DE LA EMPRESA.

Ichitaka Seto

Miembro activo
Buenos días, compañer@s:

Me llama un cliente para preguntarme si puede contratar a su empleada de hogar para la limpieza del despacho de su empresa (una SL).

Mi contestación ha sido rápida, "por supuesto que sí" y que miraría en su convenio si había categoría específica para el puesto de "limpiadora" y que le prepararía un estudio del coste según trabajase 6, 8 o 10 horas a la semana.

En el Convenio de Oficinas y Despachos de Zaragoza, el puesto de trabajo de "limpiador" se encuentra en el mismo nivel que "auxiliar administrativo".

Y ahora las dudas que me han saltado.

1ª Auxiliar Administrativo es grupo 7 de cotización con sueldo mensual como aparece en el convenio, ¿al ser contrato por horas no le correspondería un sueldo diario según las horas y un grupo de cotización 8, 9...?

2º Si trabaja en su casa por horas, ¿se le puede "pluriemplear" sin problema? ¿tengo que pedirle las bases de cotización de los otros empleos para comprobar si hay que ajustar las bases, ya que me dice que hace también "otras casas"?

3º Como hacéis el sueldo mensual con trabajo de unas horas unos días a la semana. ¿Igual que si fuese tiempo parcial todo el mes pero informando en la cotización las horas que ha hecho en el mes?

Espero vuestra ayuda.

Salu2. :cool:
 

Naialaboral

Miembro conocido
Buenas tardes,
El grupo de cotización es por categoría (grupo 7), no por horas.
Puede pluriemplearse sin problema
El sueldo se calcula como cualquier contrato parcial: proporcional a jornada(40 h 100 % 20 h 50% por ejemplo)
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Muchas gracias por tu contestación, Naia.

Por cierto, al hacer el alta ¿hay que indicar en ocupación la letra "g"? No sé por qué me suena que alguna modificación en el procedimiento a partir del cual no había que indicar, por ejemplo, la ocupación "a" en el personal de trabajo exclusivo en oficina.

Salu2. :cool:
 

Naialaboral

Miembro conocido
Muchas gracias por tu contestación, Naia.

Por cierto, al hacer el alta ¿hay que indicar en ocupación la letra "g"? No sé por qué me suena que alguna modificación en el procedimiento a partir del cual no había que indicar, por ejemplo, la ocupación "a" en el personal de trabajo exclusivo en oficina.

Salu2. :cool:
Ahora mismo como hay que indicar el CNO, ya indicas con eso que es personal de limpieza
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Limpiadora le pones grupo cotización 9, ocupación g y marca retribución mensual ya que su sueldo es mensual
Muchas gracias, TMT.

Pero, ¿dónde se marca lo de retribución mensual? Me suelo guardar las pantallas de la seguridad social cuando hago "operaciones" y no veo eso en la última que hice... que fue hace casi 2 años. Si que tengo en la parte de abajo la casilla para poner el CNO... pero lo otro no lo veo. ¿Se "abre" esa casilla al informar el grupo de cotización diaria? Todas las altas que hago son mensuales.

Salu2. :cool:
 

Naialaboral

Miembro conocido
Muchas gracias, TMT.

Pero, ¿dónde se marca lo de retribución mensual? Me suelo guardar las pantallas de la seguridad social cuando hago "operaciones" y no veo eso en la última que hice... que fue hace casi 2 años. Si que tengo en la parte de abajo la casilla para poner el CNO... pero lo otro no lo veo. ¿Se "abre" esa casilla al informar el grupo de cotización diaria? Todas las altas que hago son mensuales.

Salu2. :cool:
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