Contratar trabajadora que va a sustituir a otra previa declaración de baja por riesgo embarazo

Man_olo

Miembro
Buenas tardes.

Tengo a una empresa que quiere contratar a una trabajadora para sustituir durante el riesgo de embarazo y maternidad a la titular del puesto de trabajo.

La empresa quiere que antes de que le den la baja por riesgo, su sustituta este unos días junto con la futura mama en riesgo para así hacerse con determinadas practicas y controles del trabajo que va a desempeñar antes de quedarse sola.

¿Qué contrato tendría que hacerle inicialmente para que cuando sustituya a la titular una vez declarado el riesgo de embarazo no peligre las bonificaciones establecidas?

Anticipadamente gracias.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
-En caso de necesidad debido a la sustitución de un trabajador. Existe un cambio importante en este supuesto: el sustituto podrá comenzar la prestación de servicios como máximo, durante 15 días previos a la sustitución. Ello posibilita un conocimiento más preciso de sus funciones en el puesto de trabajo.
 

CHARO

Miembro conocido
Según me explicaron en Seg Social en consulta telefónica, sería un contrato por sustitución 410/510 , pero la bonificación la tienes que solicitar por casia el período que comienza antes de la fecha efectiva de la sustitución. Una vez se produzca la sustitución efectiva, tienes que entrar a cambio de contrato e indicar el NAF de la sustituida. Al menos eso es lo que nos explicaron por teléfono.
 

MarLo

Miembro conocido
sí, viene, habría que confirmar con Casia que el sistema también vale para la sustitución por riesgo

 
Última edición:

MarLo

Miembro conocido
Según me explicaron en Seg Social en consulta telefónica, sería un contrato por sustitución 410/510 , pero la bonificación la tienes que solicitar por casia el período que comienza antes de la fecha efectiva de la sustitución. Una vez se produzca la sustitución efectiva, tienes que entrar a cambio de contrato e indicar el NAF de la sustituida. Al menos eso es lo que nos explicaron por teléfono.
hola, Charo, ¿te dieron esta opción ya para la sustitución por riesgo o era en la sustitución por maternidad?
 

BELEN

Miembro conocido
Con el boletin yo lo que he entendido es que el sistema sirve para cualquiera de las 2 causas, porque al menos hasta ahora la causa de sustitución "2" es "por maternidad o riesgo", la clave es la misma, asique se hace contrato 410/510 hasta 15 días antes como máximo, sin marcar nada, y a partir de la suspensión del contrato por cualquiera de los dos motivos se hace una modificación anotando causa 2 y el número del sustituido, y es a partir de ese momento cuando se aplican las bonificaciones. ¿porqué hay que solicitar nada a Casia?
 

Man_olo

Miembro
Me acaba de confirmar el servicio de atención al usuario de la TGSS de Granada que efectivamente dentro de los quince días previos a la baja por riesgo de embarazo se haga un 410 por sustitución.

Una vez que le den la baja por riesgo de embarazo modificar los datos en la TGSS cumplimentando los datos de la sustituida y aplicar las bonificaciones correspondientes.

Gracias a todos.
 

MarLo

Miembro conocido
Con el boletin yo lo que he entendido es que el sistema sirve para cualquiera de las 2 causas, porque al menos hasta ahora la causa de sustitución "2" es "por maternidad o riesgo", la clave es la misma, asique se hace contrato 410/510 hasta 15 días antes como máximo, sin marcar nada, y a partir de la suspensión del contrato por cualquiera de los dos motivos se hace una modificación anotando causa 2 y el número del sustituido, y es a partir de ese momento cuando se aplican las bonificaciones. ¿porqué hay que solicitar nada a Casia?
hola, es que en el boletín si te fijas habla de sustitución "por descanso"... por eso yo tenía la duda, pero parece que es más un error de redacción 1649840630330.png
 

Kalin

Miembro activo
Me acaba de confirmar el servicio de atención al usuario de la TGSS de Granada que efectivamente dentro de los quince días previos a la baja por riesgo de embarazo se haga un 410 por sustitución.

Una vez que le den la baja por riesgo de embarazo modificar los datos en la TGSS cumplimentando los datos de la sustituida y aplicar las bonificaciones correspondientes.

Gracias a todos.
Gracias por ponerlo
 

MACALENA

Miembro activo
A mí me surgen dudas con esta "ampliación" de 15 días:
- ¿Qué ocurre si la madre tiene como fecha prevista de parto el 15 de mayo, contratas con 410 el 01 de mayo y, al final, de a luz el 25 de mayo?
- En caso de riesgo, entiendo que habría que esperar a tener la resolución del reconocimiento antes de realizar el contrato de sustitución porque si después se deniega, ¿qué haces con el sustituto?
 

CHARO

Miembro conocido
A mí me surgen dudas con esta "ampliación" de 15 días:
- ¿Qué ocurre si la madre tiene como fecha prevista de parto el 15 de mayo, contratas con 410 el 01 de mayo y, al final, de a luz el 25 de mayo?
- En caso de riesgo, entiendo que habría que esperar a tener la resolución del reconocimiento antes de realizar el contrato de sustitución porque si después se deniega, ¿qué haces con el sustituto
Supongo que por eso se debe solicitar la bonificación de esos 15 días por Casia y que no la aplicarán hasta no comprobar si coinciden esos 15 días como inmediatamente anteriores al parto. Un mal menor será tener un contrato de sustitución con más de 15 días antes del parto si es que se retrasa. En fin, todo lo publicado es subrrealista . Está claro que no tienen ni puta idea de gestionar el día a día.
 

VILA100

Miembro conocido
Supongo…si todo es coherente…nada. Además, las bonificaciones parece que son a partir de la maternidad / riesgo

salu2
 
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