Nikki_sp
Miembro conocido
buenas!
leyendo el foro veo una modalidad de contrato que yo nunca habia contemplado, sienpre entendi que si no trabajabas 11 meses al año eras fijo discontinuo (300)
Este año a partir de la reforma he aprendido del contrato 209 para actividas ciclica de fechas ciertas y tengo algunos ejemplos que me gustaria corrobar
*trabajador contratado en enero y febrero y julio y agosto para rebajas, modelo 200
*profesor academia del 1 octubre a 31 de mayo, modelo 200
*dependiente estacion esqui cuya temporada va cambiando cada año aunque sea minimamente respecto al año anterior, modelo 300
Una vez dado de alta el contraro 200 el CTP se calcula sobre la jornada semanal a trabajar y a la finalizacion de contrato se le pone clave inactividad 1 , sin derecho a desempleo ¿correcto?
¿al no ser fijos discontinuos hay que hacer llamamientos y seguir orden como FD?
Muchas gracias,!
leyendo el foro veo una modalidad de contrato que yo nunca habia contemplado, sienpre entendi que si no trabajabas 11 meses al año eras fijo discontinuo (300)
Este año a partir de la reforma he aprendido del contrato 209 para actividas ciclica de fechas ciertas y tengo algunos ejemplos que me gustaria corrobar
*trabajador contratado en enero y febrero y julio y agosto para rebajas, modelo 200
*profesor academia del 1 octubre a 31 de mayo, modelo 200
*dependiente estacion esqui cuya temporada va cambiando cada año aunque sea minimamente respecto al año anterior, modelo 300
Una vez dado de alta el contraro 200 el CTP se calcula sobre la jornada semanal a trabajar y a la finalizacion de contrato se le pone clave inactividad 1 , sin derecho a desempleo ¿correcto?
¿al no ser fijos discontinuos hay que hacer llamamientos y seguir orden como FD?
Muchas gracias,!