Una cuestión que nunca he tenido clara.
Para cualquier contrato bonificado la ley dice que el trabajador tiene que estar inscrito como demandante de empleo. No entiendo ni por qué ni para qué, pero bueno, lo dice y punto.
Si hoy a las 9 de la mañana se inscribe, ¿Puedo darlo de alta hoy mismo a las 9 y 5 minutos?
Yo siempre he entendido que sí ya que está inscrito. Pero determinados funcionarios dicen que tiene que pasar un mínimo de 24 hs como demandante de empleo.
Ahora os pongo el caso más claro que es el que tengo ahora. Una trabajadora sustituye la interinidad de otra por enfermedad hasta que la trabajadora sustituída pasa a maternidad.
Entonces baja de la trabajadora, se apunta como demandante y nueva alta ya bonificada. Todos los días está de alta. ¿Entendéis que el día del contrato bonificado es demandante de empleo y procede el alta bonificada?
Para cualquier contrato bonificado la ley dice que el trabajador tiene que estar inscrito como demandante de empleo. No entiendo ni por qué ni para qué, pero bueno, lo dice y punto.
Si hoy a las 9 de la mañana se inscribe, ¿Puedo darlo de alta hoy mismo a las 9 y 5 minutos?
Yo siempre he entendido que sí ya que está inscrito. Pero determinados funcionarios dicen que tiene que pasar un mínimo de 24 hs como demandante de empleo.
Ahora os pongo el caso más claro que es el que tengo ahora. Una trabajadora sustituye la interinidad de otra por enfermedad hasta que la trabajadora sustituída pasa a maternidad.
Entonces baja de la trabajadora, se apunta como demandante y nueva alta ya bonificada. Todos los días está de alta. ¿Entendéis que el día del contrato bonificado es demandante de empleo y procede el alta bonificada?