Hola,
Pues yo hablaría con Tesorería. El problema que veo es que ya tienes cuotas de seguridad social liquidadas (la cuota obrera) y a ver cómo lo solucionas. La baja supongo que te la podrán en plazo sin problemas.
Sobre el SEPE: en principio estarías fuera de plazo para mandar el certificado de empresa por un lado y por otro el trabajador habrá combrado un desempleo por un periodo mayor que el que le corresponde. POr otro lado, si se te acaba el contrato durante el estado de alarma, y aunque no tengas cotizado lo suficiente tienes derecho a la prestación, así que tendrá que solicitarla y al final va a ser lo comido por lo bebido...
Lo que no me queda claro es si en los casos de fin de contrato hay que mandar al sepe el excel informando de la baja del trabajador. Yo diría que no porque no se reincorpora a la actividad y en principio esos excel es para eso y con el certificado de empresa debería bastar... pero eso no lo sé fijo.
Pues yo hablaría con Tesorería. El problema que veo es que ya tienes cuotas de seguridad social liquidadas (la cuota obrera) y a ver cómo lo solucionas. La baja supongo que te la podrán en plazo sin problemas.
Sobre el SEPE: en principio estarías fuera de plazo para mandar el certificado de empresa por un lado y por otro el trabajador habrá combrado un desempleo por un periodo mayor que el que le corresponde. POr otro lado, si se te acaba el contrato durante el estado de alarma, y aunque no tengas cotizado lo suficiente tienes derecho a la prestación, así que tendrá que solicitarla y al final va a ser lo comido por lo bebido...
Lo que no me queda claro es si en los casos de fin de contrato hay que mandar al sepe el excel informando de la baja del trabajador. Yo diría que no porque no se reincorpora a la actividad y en principio esos excel es para eso y con el certificado de empresa debería bastar... pero eso no lo sé fijo.