Contrato de interinidad y Triángulo de las Bermudas

Tronchacadenas

Miembro conocido
En ese triángulo de las Bermudas que se produce tras 545 días de una incapacidad temporal en el que desaparecen barcos, aviones ,el INSS ,los tribunales médicos y nadie sabe donde están ni dan señales de vida.... si para esa IT tenéis contratado a un interino y dais de baja por agotamiento de it al sustituido... ... la reserva de puesto sigue existiendo aunque el trabajador está de baja y no sabeis que va a pasar.. si le dan el alta, le inician la IP ,etc...

¿hacéis alguna modificación al contrato del interino?
 

carloslugo

Miembro activo
tengo una demanda por haber dado por finalizado un contrato de interinidad por agotamiento de la IT ( 545 dias ), nos piden la nulidad del despido y subsidiariamente la improcedencia . Os cuento , es un contrato de interinidad que hicimos para sustitituir a un trabajador en IT ( trabajador A) . En el clausulado del contrato se le puso que sería por esa causa y hasta la reincorporacion del trabajador en IT. El trabajador objeto del contrato de interinidad ( trabajador b ) a su vez estaba tambien en IT e hicimos otro contrato de interinidad para sustituirlo ( trabajador C) . Pues bien , al producirse el agotamiento de la IT del trabajador A por agotamiento de IT ( 545 dias ) , hemos dado finalización de contrato del trabajador b) y a su vez tambien del trabajador c) .
Ahora nos ha llegado demanda por despido del trabajador b) , en la que nos pide que la baja sea considerada como despido nulo o subsidiariamente improcedente , ya que no está justificada la misma . He estado mirando alguna sentencia y aunque ha visto sentencias algo antiguas en caso iguales le dan la razón al trabajador ya que argumentan que el agotamiento de la IT ( 545 dias ) no es causa válida de finalización del contrato de interinidad ...y que en estos casos hay que esperar a que se pronuncie el INSS , si le da de alta pues sería el momento de finalizar el contrato de interinidad y si le concede la IP con reserva de puesto de trabajo pues todavia habría que mantener al trabajador de alta . Por favor , alguien que me pueda orientar en este caso .....
Muchas gracias de antemano.
un saludo
 

Cachilipox

Miembro conocido
Es que el agotamiento de la IT NO extingue el contrato de trabajo, tan solo extingue la obligación de mantener de alta y cotizar por el ausente.

Es una quasi-extinción, pero no una extinción total y absoluta.

Como bien dicen otros compañer@s, incluso con IPT concedida, según lo que ponga en la resolución, subsiste aun un "hilillo de vida" en ese contrato de trabajo.

Solo cuando el contrato de trabajo original del trabajador A inicial ha muerto, mueren con él todos los demás contratos concatenados derivados de la ausencia del trabajador A.

Nota: Derivado del azufre, aun sujeto a interpretación jurisprudencial, si en el plazo posterior a los 545 días se devengan o ya no se devengan vacaciones......
 

carloslugo

Miembro activo
Cachilipox como lo ves para defender a la empresa en el juicio ...alguna opción que pueda tener viabilidad ..o por el contrario es un caso perdido y debemos de plegarnos a la reincorporación del trabajador....
gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Lo veo como Cachilipox, la relación laboral no se extinguió con esa baja por superar los 545 días de IT a los solos efectos de dejar de cotizar.
Es que es un despido.
Tal vez sin mala fé (la empresa podía pensar que estaba haciendo lo correcto), pero extinción por fin de contrato anómala, por tanto, despido.
 

carloslugo

Miembro activo
no se si existe riesgo de que lo declaren NULO considerando que el trabajador que tenía el contrato de interinidad ( trabajador b ) estaba de baja por IT .... y por eso en la demanda piden la NULIDAD ... lo digo por qué es posible que sea interesante negociar con el la indemnización por despido .... y no llegar ya a juicio con este tema ..... como lo veis ??
gracias y un saludo
 

VILA100

Miembro conocido
Hola
improcedente si. Nulidad por?. Al sustituto no le af3cta la causa del sustituido…vale que se le ha despedido sin causa, pero ningún DF se ha vulnerado (en el sustituto)
salu2
 

carloslugo

Miembro activo
Vila 100 , el sustituto ( que fue objeto de finalización del contrato de interinidad ) y que es el demandante en este caso también estaba de baja por IT , por eso lo digo y lo alega en la demanda ..... imagino que por eso solicita la nulidad y subsidiariamente la improcedencia....
un saludo
 

VILA100

Miembro conocido
Vila 100 , el sustituto ( que fue objeto de finalización del contrato de interinidad ) y que es el demandante en este caso también estaba de baja por IT , por eso lo digo y lo alega en la demanda ..... imagino que por eso solicita la nulidad y subsidiariamente la improcedencia....
un saludo
Upsss…entonces toca negociar….no me había percatado…
salu2
 

carloslugo

Miembro activo
si creo que lo mejor es negociar .. ya que no hay opciones ofrecerle la indemnizacion por despido al trabajador y esperar que se contente con esto... la empresa finaizó contrato sin mala fe ... y pensando que el agotamiento de la IT le daba derecho a finalizar el de interinidad ....
saludos
 
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