GUSTAVO PEAGUDA PEREZ
Miembro activo
Una persona que va a operarlo y le van dar de baja . Puede contratar a una persona un dia antes con contrato de interinidad? Como indico el contarato
Si, eso pensaba yo. Que podía acogerme a ese articuloBuenos días. Sí podría contratarlo antes. Estatuto de los trabajadores, art. 15.3:
3. Podrán celebrarse contratos de duración determinada para la sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo, siempre que se especifique en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución. En tal supuesto, la prestación de servicios podrá iniciarse antes de que se produzca la ausencia de la persona sustituida, coincidiendo en el desarrollo de las funciones el tiempo imprescindible para garantizar el desempeño adecuado del puesto y, como máximo, durante quince días.