Entiendo que nada ha cambiado respecto a la tramitación, se hace como antes de la reforma del 2022. Contrato por riesgo, y una vez se produce el parto, contrato por maternidad. En TGSS no se toca, la bonificación sigue desde el primer contrato por riesgo hasta la finalización del contrato por maternidad.Exacto, así me lo explicaron a mi. Cuando hacemos dos movimientos hacemos que el trabajador se inscriba como demandante de empleo para volver a bonificar, pero sin embargo nunca está en situación legal de desempleo y también se deja sin cotizar un día o más que seguramente lo haya trabajado.
Yo seguiré haciéndolo así.
Dos contratos y un único movimiento en TGSS
¿Así está ahora?