Hola a todos, y felicidades a los creadores de este foro y a todos los que hacen posible resolver dudas.
Desde febrero del 2010 tengo un contrato por obra y servicio, es decir, mi empresa me contrató para dar servicio en un cliente en concreto full time, y así además aparece explícitamente en dicho contrato.
Con la nueva reforma laboral me están llegando noticias algo contraproducentes relacionadas con la conversión a indefinido.
Me explico, por un lado me hablan de una ley de Junio de 2010 que me dejaría fuera a no ser retroactiva, por otro lado en esta reforma del 2022 he leído que a las empresas se les ha dado un flexibilidad de años para hacer la conversión.
Y por último, suponiendo que mi contrato quedase convertido a indefinido, si el cliente en un futuro dijese a mi empresa que prescinde de mi servicios, el despido por parte de mi empresa, si me despidiesen, sería procedente o improcedente?
Gracias por vuestro tiempo
un saludo.
Desde febrero del 2010 tengo un contrato por obra y servicio, es decir, mi empresa me contrató para dar servicio en un cliente en concreto full time, y así además aparece explícitamente en dicho contrato.
Con la nueva reforma laboral me están llegando noticias algo contraproducentes relacionadas con la conversión a indefinido.
Me explico, por un lado me hablan de una ley de Junio de 2010 que me dejaría fuera a no ser retroactiva, por otro lado en esta reforma del 2022 he leído que a las empresas se les ha dado un flexibilidad de años para hacer la conversión.
Y por último, suponiendo que mi contrato quedase convertido a indefinido, si el cliente en un futuro dijese a mi empresa que prescinde de mi servicios, el despido por parte de mi empresa, si me despidiesen, sería procedente o improcedente?
Gracias por vuestro tiempo
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