CONTRATO POR OBRA Y SERVICIO

Urano

Miembro
Hola a todos, y felicidades a los creadores de este foro y a todos los que hacen posible resolver dudas.

Desde febrero del 2010 tengo un contrato por obra y servicio, es decir, mi empresa me contrató para dar servicio en un cliente en concreto full time, y así además aparece explícitamente en dicho contrato.
Con la nueva reforma laboral me están llegando noticias algo contraproducentes relacionadas con la conversión a indefinido.
Me explico, por un lado me hablan de una ley de Junio de 2010 que me dejaría fuera a no ser retroactiva, por otro lado en esta reforma del 2022 he leído que a las empresas se les ha dado un flexibilidad de años para hacer la conversión.

Y por último, suponiendo que mi contrato quedase convertido a indefinido, si el cliente en un futuro dijese a mi empresa que prescinde de mi servicios, el despido por parte de mi empresa, si me despidiesen, sería procedente o improcedente?

Gracias por vuestro tiempo

un saludo.
 
Última edición:

roca

Miembro
Alguna respuesta que resuelva las dudas de mis preguntas?
Tu contrato es indefinido, el tiempo máximo de los contratos de obra y servicio son 3 años.

En cuanto a procedente o improcedente dependerá de las causas de la finalización del contrato.
 

Urano

Miembro
Muy seguro, ningún obra y servicio puede durar 12 años

Ok...yo solo exponía esa ley no retroactiva de los 3 años máximos que entró en vigor 4 meses después de firmar mi contrato.

Pero me gusta tu seguridad :)

Y si el cliente llama a mi empresa diciendo que ya no cuenta con mis servicios y en mi contrato pone que me contrataron para ese cliente en concreto...si me despiden sería procedente o improcedente?
Es decir, 20 días o 45/33 días?

Gracias
 

roca

Miembro
Ok...yo solo exponía esa ley no retroactiva de los 3 años máximos que entró en vigor 4 meses después de firmar mi contrato.

Pero me gusta tu seguridad :)

Gracias
Es más no sé cómo no ha saltado tu contrato en la campaña que hubo para hacer fijos a gente con largos contratos de obra y servicio, he tenido que hacer indefinidos a gente con menos años que tú😅.
 

Urano

Miembro
Es más no sé cómo no ha saltado tu contrato en la campaña que hubo para hacer fijos a gente con largos contratos de obra y servicio, he tenido que hacer indefinidos a gente con menos años que tú😅.

Gracias y otra cosa que he editado más arriba pero igual no lo has visto, antes no te has mojado :)

Y si el cliente llama a mi empresa diciendo que ya no cuenta con mis servicios y en mi contrato pone que me contrataron para ese cliente en concreto...si me despiden sería procedente o improcedente?
Es decir, 20 días o 45/33 días?
 

roca

Miembro
Gracias y otra cosa que he editado más arriba pero igual no lo has visto, antes no te has mojado :)

Y si el cliente llama a mi empresa diciendo que ya no cuenta con mis servicios y en mi contrato pone que me contrataron para ese cliente en concreto...si me despiden sería procedente o improcedente?
Es decir, 20 días o 45/33 días?
Dependerá de lo que ponga en el contenido de la carta.
Si te hacen despido objetivo por causas organizativas pues serían 20 días, si la empresa no puede demostrar esto, serían 45 días/año hasta el 12/02/2012 y después 33días/año hasta el día de la finalización del contrato.
 

Urano

Miembro
Dependerá de lo que ponga en el contenido de la carta.
Si te hacen despido objetivo por causas organizativas pues serían 20 días, si la empresa no puede demostrar esto, serían 45 días/año hasta el 12/02/2012 y después 33días/año hasta el día de la finalización del contrato.

Cuando hablas de carta te refieres a la carta de despido? Y como pueden demostrar que sea por causas organizativas? Entiendo que tendrían la sartén por el mango,no?

El tema es si me merecería la pena lucharlo ante un juez para convertirlo en improcedente .. en base a tu experiencia como lo ves?
 

elchuske

Miembro conocido
Pero si este ya dio la brasa hace tiempo, no se para que le contestáis. Que vaya a un abogado y se entere. Esto no es un consultorio de laboral.
 
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