CONTRATO RELEVO Y HORAS COMPLENTARIAS

PEDRO

Miembro conocido
A ver si alguien me puede contestar.
Entiendo que los trabajadores con contrato de relevo a tiempo parcial pueden hacer horas complementarias, pero ¿También las puedes hacer aquellos que tengan la jornada concentrada? Me explico.
Este relevista va a concentrar su jornada para trabajar 6 meses en el año, pero me estaba comentando el cliente que si tiene una baja, unas vacaciones, una licencia de otro trabajador a lo mejor podría llamar a ese relevista y que cubra esa ausencia con sus hora complementarías ¿Lo veis factible?
Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí que pueden hacer horas complementarias. No veo problema alguno. Lo único que dice la ley es que, como mínimo, su jornada ha de suplir la del relevado.
 

PEDRO

Miembro conocido
Gracias Fernando.
Lo de las horas entiendo que como todo contrato a tiempo parcial se puede. La duda venía en el tema de que al tener la jornada concentrada en unos meses si podía llamarla cuando estuviera en el periodo de inactividad a trabajar mediante horas complementarias.
 
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