CONTRATO SUSTITUCIÓN

afj

Miembro
Qué tipo de contrato utilizáis para sustituir a trabajador de baja por IT enfermedad común; 410 o 402?, en 410 por Sistema red no deja sino pones una de las causas que indica. Pero entiendo que sería un 410 (sustituir al trabajador con reserva del puesto de trabajo) Cómo lo hacéis?
 

afj

Miembro
Pues a mi no me deja continuar sino señalo la causa (aparece error de "parcialidad"), y cuando haces el registro del contrato, qué pones?, porque gescontrata sólo dan estas opciones:

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toni

Miembro conocido
De gescontrata ni idea, pero en contrat@ tienes la opcion TRABAJADOR CON RESERVA PUESTO DE TRABAJO y en red no se pode nada de nada
 

fundación

Miembro conocido
Fundación NO entiendo ninguno de tus mensajes. Lo que digo es que por Sistema red me da error el 410 y por gescontrata (=contrat@ pero de la Junta de Andalucía) no me da la opción de sustitución por trabajador en IT., sino las que aparecen en el pantallazo que he mandado

El que no entiende soy yo.

Tanto toni como yo te hemos dicho que para sustitución de baja médica, el 410.

Tú dices que no va en RED, y nosotros que sí.

Y ahora vienes que el error es con el registro del contrato (en Contrat@ o Gescontrat@, qué más da), que se debe hacer como dice toni: opcion TRABAJADOR CON RESERVA PUESTO DE TRABAJO.

Y ya dejo el tema porque me mareo.
 

toni

Miembro conocido
Para acabar como Fundacion. En sistema RED se pone 410 o 510 con su % y nada mas.

En contrat@ (gescontrata ni idea), esta la opcion TRABAJADOR CON RESERVA PUESTO DE TRABAJO..
 

afj

Miembro
El que no entiende soy yo.

Tanto toni como yo te hemos dicho que para sustitución de baja médica, el 410.

Tú dices que no va en RED, y nosotros que sí.

Y ahora vienes que el error es con el registro del contrato (en Contrat@ o Gescontrat@, qué más da), que se debe hacer como dice toni: opcion TRABAJADOR CON RESERVA PUESTO DE TRABAJO.

Y ya dejo el tema porque me mareo.
A ver con esa prepotencia, si quieres responder respondes sino te callas y ni siquiera lo leas, estoy diciendo que me da error tanto en sistema red (te mando pantallazo para que lo veas, también hecho la consulta por CASIA) como en gescontrata con el modelo 410, Cómo que qué más da si es contrat@ o gescontrata, por gescontrata ya te digo que no se puede de ahí la consulta por si alguno ha tenido el caso en gescontrata que es el que utilizo, sino para hacerlo por contrat@. "Compañero" coge ya las vacaciones que creo que te van haciendo falta

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afj

Miembro
Facil, no tienes que poner NUSS del sustituto y no seas tan susceptible...
No soy susceptible, pero no soporto a los que creen que lo saben todo porque ellos lo dicen y punto... La diferencia la puedes ver entre tus respuestas y las de él...
 

toni

Miembro conocido
No soy susceptible, pero no soporto a los que creen que lo saben todo porque ellos lo dicen y punto... La diferencia la puedes ver entre tus respuestas y las de él...
Hay que conocer al amigo @fundación , no lo tomes a mal que seguro que no pretendia ser prepotente, pero los chats son asi, muy impersonales.

Ala, pues ya esta, quita el NUSS y arreando que es gerundio...
 
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