Contrato sustitución

Noe

Nuevo miembro
Buenas tardes,
A ver si alguien me lo puede aclarar. Uno de mis clientes tiene una trabajadora que ha causado baja por incapacidad temporal y hasta que se recupere quiere contratar a una persona para sustituirle pero me comenta que va a estar menos horas. La trabajadora en IT trabaja de Lunes a Sábado un total de 40 horas y esta persona solo estaría de Lunes a Viernes un total de 35 horas.
¿Es posible hacer un contrato de sustitución con una jornada inferior a la de la trabajadora que se va a sustituir o tienen que tener la misma jornada? El contrato no va a estar bonificado.
 

EstefaníaMJ

Miembro activo
Buenas tardes,
A ver si alguien me lo puede aclarar. Uno de mis clientes tiene una trabajadora que ha causado baja por incapacidad temporal y hasta que se recupere quiere contratar a una persona para sustituirle pero me comenta que va a estar menos horas. La trabajadora en IT trabaja de Lunes a Sábado un total de 40 horas y esta persona solo estaría de Lunes a Viernes un total de 35 horas.
¿Es posible hacer un contrato de sustitución con una jornada inferior a la de la trabajadora que se va a sustituir o tienen que tener la misma jornada? El contrato no va a estar bonificado.
Para que exista una interinidad tiene que ser a la misma jornada y misma categoría independientemente de que esté bonificado o no.
 

Laboral24

Miembro
Yo lo he hecho así, sin problema. No se insertar, pero si buscas en este foro ya hay uno, hay una sentencia (STSJ del País Vasco de 8-2-2000) que se puede hacer jornada parcial
 

Laboral24

Miembro
 

toni

Miembro conocido
Discrepo un poco, solo un poquito... Estamos hablando de una sentencia de hace 24 años y encima de un TSJ... Creo que el TS no se a pronunciado al respecto y desde la reforma laboral se viene hablando que es un contrato a jornada completa, salvo en dos circunstancias: el empleado sustituido trabaja a tiempo parcial y cuando la finalidad de este contrato es complementar la jornada reducida que tiene el empleado sustituido parcialmente.

Yo soy prudente y no me la juego en estos casos..
 

MCS

Nuevo miembro
Buenas tardes!, me sucede algo parecido, una empresa tiene solo un trabajador, y esta de baja por it, en este caso la empresa quiere contratar a una persona con contrato temporal por seis meses, pero sería más conveniente hacer un contrato se sustitución, a pesar de que el inconveniente sea que deba estar en las mismas condiciones que el trabajador de baja ¿no?
 

EstefaníaMJ

Miembro activo
Buenas tardes!, me sucede algo parecido, una empresa tiene solo un trabajador, y esta de baja por it, en este caso la empresa quiere contratar a una persona con contrato temporal por seis meses, pero sería más conveniente hacer un contrato se sustitución, a pesar de que el inconveniente sea que deba estar en las mismas condiciones que el trabajador de baja ¿no?
Sustitución sin duda.
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo entiendo como todos, si es tiempo completo la sustitución también.
Lo que si leí, ahora mismo no se donde, es el tema de la categoría, pues puede darse el tema que otro trabajador de la empresa asuma las funciones del trabajador de baja y el interino las de este.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
La equiparación salarial será la que implique asignarle la misma categoría o grupo/nivel profesional del sustituto, es decir, la que venga determinada propiamente por el puesto, pero no tiene porque incluir los complementos que, por circunstancias personales pueda percibir éste (por ej. antigüedad, complemento o mejora voluntaria...).
Por tanto, no necesariamente deben tener exactamente la misma retribución global sustituto y sustituido.

Saludos
 

konita

Nuevo miembro
Se le puede sustituir por una jornada inferior siempre que el convenio colectivo de aplicación estipule que el puesto de trabajo que va a sustituir tiene como finalidad el de ser a jornada parcial en todo caso sí, si no como dicen los compañeros debe respetar tanto categoría (aunque eso está cogido con pinzas como dice Pedro) como jornada de la trabajador/a sustituida.
 

melania

Miembro
Buenas tardes, tengo en una de las compañías una trabajadora que a causado baja por accidente laboral... si contratamos a un trabajador para cubrir su puesto puede ser por contrato de sustitución??? y tiene algún tipo de bonificación en los seguros sociales o algo??
Muchas gracias!!!
 

EstefaníaMJ

Miembro activo
Buenas tardes, tengo en una de las compañías una trabajadora que a causado baja por accidente laboral... si contratamos a un trabajador para cubrir su puesto puede ser por contrato de sustitución??? y tiene algún tipo de bonificación en los seguros sociales o algo??
Muchas gracias!!!
Puede ser sustitución. no tiene bonificación.
 
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