Mi opinión es que sí, este contrato eventual previsible de hasta 90 días es justamente para cubrir picos previsibles de aumentos de trabajo, aunque sea estacional o repetitivo. Se ha puesto de ejemplo en la mayoría de seminarios y conferencias por ejemplo el periodo de rebajas. Si no se pudiese utilizar en en estos casos poca utilidad tendría ya que tiene que ser una circunstancia previsible y por lo tanto planificable por repetitiva.
hola, fgarcia. la verdad es que en determinados casos como rebajas, extras en hostelería, cenas de navidad, este tipo de contrato encaja perfectamente ya que en su definición se habla de "duración reducida y delimitada". sin descartar que sea útil para campañas claramente estacionales como el trabajo de verano (no diré yo, de forma rotunda, que no sirvan ya que he visto doctrina que sí dice que vale para campañas estacionales), sí que a mi se me va la cabeza más al FD cuando existe ese componente de campaña veraniega (bastante larga en determinados casos, hay quién va al límite de los 90 días seguidos
), reiterativa, para empresas que trabajan especialmente el verano, que todos los años tiene que contratar para cubrir carga de trabajo, y en la que no sabemos cuando empieza y acaba la campaña, (y ya no te digo cuando se contratan siempre a los mismo trabajadores). Para estos casos todos tenemos en mente, como digo, que estamos en una situación clara de FD. Podríamos incluso pensar que sirviesen los dos. Actualmente como he visto respuestas para este caso de todo tipo y abunda "Habría que ver en cada caso particular cuál encaja mejor. No hay una respuesta absoluta para esta cuestión; hay que analizar cada situación concreta." mi criterio siempre es el de minimizar riesgos.