CONTROL INDIRECTO A TRAVES DE OTRA SOCIEDAD

DANI ML

Miembro conocido
Espero no haberla "cagado" en esto. Tengo una sociedad con la administradora dada de alta en RETA, presta servicios retribuidos con nómina por su trabajo (no como administradora). No tiene ninguna participación en la sociedad, pero el 100% de las participaciones las tiene OTRA sociedad, de la que ella tiene casi todas las participaciones. Nunca había dudado de que tenía que estar en RETA por control indirecto. ¿Estoy en lo cierto?
Pero ahora miro las opciones de comunicación de personas vinculadas, y no veo forma de comunicar esta situación. Primero has de decir si es socio o no. Técnicamente habría que decir que no. Y en las opciones del desplegable para indicar el control efectivo, no hay ninguna alusión a sociedades participadas. Estoy me hace dudar.
Si alguien tiene algo de luz.......
 

Cachilipox

Miembro conocido
Je je je
Un bonito GAP lógico.

Si tiras por la directa literalidad del BNR 1/2023, ella es administradora gratuita no socia, y trabajadora retribuida por su condición de trabajadora.
El socio único 100 % es otra sociedad.
Eso implicaría que en esta sociedad unipersonal, la administradora y trabajadora debiera estar en RG.

Pero claro, resulta que es socia mayoritarísima de la sociedad socia única, así que por vía indirecta, tiene el control efectivo, y debe estar en RETA.

Posible solución, que respeta el "espíritu" de la norma:
Declaras % de socios en base al Acta de titularidades reales (y no meramente las titularidades "formales").
 

DANI ML

Miembro conocido
Completamente de acuerdo con tu solución. De hecho había pensado hacer algo parecido. Ponerlo según el porcentaje que consta como titularidad real en las cuentas anuales
 

Cachilipox

Miembro conocido
Es que el Escribá se ha chalado.

Esto no habría pasado si primero se dicta una OM (BOE), y luego la cosa se detalla y determina en un BNR.

Resulta que el RD 504/2022 le faculta para dictar cualquier cosa (Orden Ministerial publicable en el BOE), en desarrollo del mismo RD, y está tan ensimismado con sus fetiches particulares, que llevamos unos cuantos BNRs con cualquier cosa en ausencia de amparo legal. O sea, pura arbitrariedad.
Si hasta resulta que las órdenes de Cotización (ya llevamos 2 este año), no son dictadas por el ministro de la Seguridad Social, sino por Presidencia (Félix Bolaños), del carajal que tienen montado el "loco de los planes de pensiones y la declaración IRPF" y La Tucán.
 
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