Saralaboral2
Miembro activo
Hola.
En el art 34 IT dice la empresa deberá complementar las prestaciones obligatorias de la SS hasta el importe íntegro de sus retribuciones durante un periodo máximo de 12 meses.
También lo aplicáis en las pagas extras? Lo digo, mi duda es que A3Nom SI descuenta la IT en las pagas extras. Me descargue el convenio desde A3convenios.
Quién tiene comercio metal y A3 como lo hacéis? Una explicación lógica? Porque mi explicación rebuscada es los días de permanencia en la empresa.
Si podéis sacarme de dudas, merci
En el art 34 IT dice la empresa deberá complementar las prestaciones obligatorias de la SS hasta el importe íntegro de sus retribuciones durante un periodo máximo de 12 meses.
También lo aplicáis en las pagas extras? Lo digo, mi duda es que A3Nom SI descuenta la IT en las pagas extras. Me descargue el convenio desde A3convenios.
Quién tiene comercio metal y A3 como lo hacéis? Una explicación lógica? Porque mi explicación rebuscada es los días de permanencia en la empresa.
Si podéis sacarme de dudas, merci