enevalaboral
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Creo que alguien preguntó hace un tiempo por el convenio de empresas de consultoría. Adjunto el texto pendiente de publicación en el BOE, se supone que en julio.
Si, desde julio 2022 entiendo que la tabla salarial empieza 01/07/2022. Por suerte la empresa que tengo es de nueva creación de ahora en 2023. Aún así ya podrían poner unas categorías profesionales mas amigables.hay que hacer atrasos desde junio del 2022 !!! no?¿¿¿
totalmente, la clasificación profesional de este convenio es la búsqueda del dorado!Si, desde julio 2022 entiendo que la tabla salarial empieza 01/07/2022. Por suerte la empresa que tengo es de nueva creación de ahora en 2023. Aún así ya podrían poner unas categorías profesionales mas amigables.
bueno el de perfumería fundido con ortopedias es otro que bien baila... locura...
éste tipo de convenios (como el de perfumeria y afines) se me atragantan... Tan difícil es hacer las cosas más simples??
E idem con las excedencias. Se reproduce el literal del art. 46.3 "antiguo". No hace referencia ni a la posibilidad de solicitarla por el cónyuge ni por la pareja de hecho.Y para colmo, nace ya obsoleto.
Por ejemplo a nivel de permisos contempla DOS días en caso de hospitalización ... Y no hace referencia alguna a los permisos en el caso de parejas de hecho.
Es más, dado que en caso de ciertos familiares (cónyuge, padres e hijos) mejora en permiso por fallecimiento, fijándolo en 4 días (haya o no desplazamiento)... ¿qué ocurre en el caso de pareja de hecho?,. El ET los equipara, vale, pero aquí estamos hablando de una mejora de empresa .
En fin... el acuerdo se firmó en abril pasado pero han tenido tiempo, antes de su publicación en el BOE de incorporar las novedades en esta materia de finales de junio pasado.