CONVENIO EMPRESAS CONSULTORIA 2022-2024

Creo que alguien preguntó hace un tiempo por el convenio de empresas de consultoría. Adjunto el texto pendiente de publicación en el BOE, se supone que en julio.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero sigue pendiente de publicación en el BOE
¿sabéis de alguna previsión?
He oído que están reconsiderando algunas cuestiones, entre otras por los recientes cambios legales, posteriores al acuerdo, por ejemplo en materia de permisos, y que deja ya obsoleto ese redactado .
 
En el facebook de UGT- Convenio de Consultoría TIC y Estudios de Mercado, que es donde lo he visto, pone que ya se ha subsanado y aprobado definitivamente, que se publicará en 10 ó 15 días.
 

Enjfero

Miembro activo
hay que hacer atrasos desde junio del 2022 !!! no?¿¿¿
Si, desde julio 2022 entiendo que la tabla salarial empieza 01/07/2022. Por suerte la empresa que tengo es de nueva creación de ahora en 2023. Aún así ya podrían poner unas categorías profesionales mas amigables.
 

Niema

Miembro activo
Si, desde julio 2022 entiendo que la tabla salarial empieza 01/07/2022. Por suerte la empresa que tengo es de nueva creación de ahora en 2023. Aún así ya podrían poner unas categorías profesionales mas amigables.
totalmente, la clasificación profesional de este convenio es la búsqueda del dorado!
 

Gestributs

Miembro activo
😭 😭 😭 😭

éste tipo de convenios (como el de perfumeria y afines) se me atragantan... Tan difícil es hacer las cosas más simples??
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Y para colmo, nace ya obsoleto.
Por ejemplo a nivel de permisos contempla DOS días en caso de hospitalización ... Y no hace referencia alguna a los permisos en el caso de parejas de hecho.
Es más, dado que en caso de ciertos familiares (cónyuge, padres e hijos) mejora en permiso por fallecimiento, fijándolo en 4 días (haya o no desplazamiento)... ¿qué ocurre en el caso de pareja de hecho?,. El ET los equipara, vale, pero aquí estamos hablando de una mejora de empresa .

En fin... el acuerdo se firmó en abril pasado pero han tenido tiempo, antes de su publicación en el BOE de incorporar las novedades en esta materia de finales de junio pasado.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Y para colmo, nace ya obsoleto.
Por ejemplo a nivel de permisos contempla DOS días en caso de hospitalización ... Y no hace referencia alguna a los permisos en el caso de parejas de hecho.
Es más, dado que en caso de ciertos familiares (cónyuge, padres e hijos) mejora en permiso por fallecimiento, fijándolo en 4 días (haya o no desplazamiento)... ¿qué ocurre en el caso de pareja de hecho?,. El ET los equipara, vale, pero aquí estamos hablando de una mejora de empresa .

En fin... el acuerdo se firmó en abril pasado pero han tenido tiempo, antes de su publicación en el BOE de incorporar las novedades en esta materia de finales de junio pasado.
E idem con las excedencias. Se reproduce el literal del art. 46.3 "antiguo". No hace referencia ni a la posibilidad de solicitarla por el cónyuge ni por la pareja de hecho.
 
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