Buenos días, tengo dudas sobre en que condiciones te puedes acoger a un convenio especial,
Por norma general el convenio especial se puede suscribir desde la fecha del cese de actividad, pero entre otras condiciones está:
d) Los trabajadores o asimilados que cesen en su prestación de servicios por cuenta ajena o en su actividad por cuenta propia y sean contratados por el mismo u otro empresario con una base de cotización inferior al promedio de las bases de cotización correspondientes a los días cotizados en los 12 meses inmediatamente anteriores al cese.
¿Sabéis si esta condición se puede llevar a cabo aun haya pasado ya un año desde el cese de actividad o cese del puesto de trabajo, o es solo si se da dentro del año después del cese?
Muchas gracias, la TGSS no es capaz de darme una respuesta...
Por norma general el convenio especial se puede suscribir desde la fecha del cese de actividad, pero entre otras condiciones está:
d) Los trabajadores o asimilados que cesen en su prestación de servicios por cuenta ajena o en su actividad por cuenta propia y sean contratados por el mismo u otro empresario con una base de cotización inferior al promedio de las bases de cotización correspondientes a los días cotizados en los 12 meses inmediatamente anteriores al cese.
¿Sabéis si esta condición se puede llevar a cabo aun haya pasado ya un año desde el cese de actividad o cese del puesto de trabajo, o es solo si se da dentro del año después del cese?
Muchas gracias, la TGSS no es capaz de darme una respuesta...