Sin ir más lejos, justo ése es nuestro caso ahora, es decir, estar en un centro de trabajo cuyo titular actualmente no tiene actividad (pero no deja de ser el titular por ese motivo).
Siempre hemos estado en "casa del cliente". Por circunstancias (fusiones, absorciones, restructuraciones...), resulta que el que era el cliente y titular del centro de trabajo ya no tierne personal propio en el centro de trabajo. Pero, como digo, sigue siendo el titular del centro, en el sentido (tal como marca la normativa de PRL) de ser el que tiene la capacidad de poner a disposición y gestionar el centro de trabajo. Por ejemplo, entre otras cosas, y además de ser el propietario, es el que tiene contratados los servicios de seguridad (pero también con personal externo), quien marca las pautas de acceso al mismo, etc.
Debe facilitarnos la información sobre los riesgos del centro de trabajo, de seguridad y emergencia, etc.
Si además desarrollara una actividad, debería informar del los riesgos que ésta puede general al resto de empresas concurrentes con actividad en el mismo centro de trabajo (obligación recíproca para todas ellas), cooperar, etc. . Si, además, fuera empresa principal que contrata algo de su propia actividad (la empresa principal siempre es titular del centro de trabajo, pero no todo titular del centro de trabajo es empresa principal) tendrá, adicionalmente otro tipo de obligaciones, especialmente de vigilar el cumplimiento de la normativa de PRL po parte de las empresas contratistas y subcontratistas.
Y ha sido el caso hasta hace poco de la empresa titular del centro de trabajo en el quie desarrollamos nuestra actividad, pero, como ya he dicho, no lo es actualmente, pero sigue siendo la titular del centro y, aunque menos, eso sigue teniendo implicaciones a nivel de PRL, e importantes.
Saludos