Buenos días.
Si un convenio especifica que hay que abonar los atrasos el mes que viene de la publicación, la cotización se abona el segundo mes despues de la publicación no en el mismo mes que se abonan los atrasos, ¿¿verdad?? En Tesorería me dicen que es en el mes siguiente al de la publicación.
Gracias.
Saludos
Si un convenio especifica que hay que abonar los atrasos el mes que viene de la publicación, la cotización se abona el segundo mes despues de la publicación no en el mismo mes que se abonan los atrasos, ¿¿verdad?? En Tesorería me dicen que es en el mes siguiente al de la publicación.
Gracias.
Saludos