cotización jubilación parcial industria manufacturera - nuevo criterio de cotización del jubilado parcial

JJSEAL

Nuevo miembro
Buenos días,

Como sabéis han modificado el porcentaje de cotización para los jubilados parciales de industria manufacturera y este año 2025 pasan al 40% de cotización mínimo.

Os quería preguntar, entiendo que aunque tenga un 20% de jornada, se cotiza al 40% tanto por contingencias comunes como por profesionales¿?

Gracias,
 

fundación

Miembro conocido
Como novedad, se establece la obligación de empresa y trabajador de cotizar por el 80 por ciento de la base de cotización que, en su caso, hubiese correspondido al jubilado parcial de seguir trabajando este a jornada completa, porcentaje inferior al que establece el apdo. 2 f) del art. 215 de la LGSS como norma general. De esta forma, sin perjuicio de esta reducción de jornada, durante el período de disfrute de la jubilación parcial, empresa y trabajador cotizarán por el 80 por ciento de la base de cotización que, en su caso, hubiese correspondido al jubilado parcial de seguir trabajando este a jornada completa.

Esta cotización se aplicará de forma gradual de acuerdo con la siguiente escala:


1º Durante el año 2025, la base de cotización será equivalente al 40 por ciento de la base de cotización que hubiera correspondido a jornada completa.
2º Durante el año 2026, la base de cotización será equivalente al 50 por ciento de la base de cotización que hubiera correspondido a jornada completa.
3º Durante el año 2027, la base de cotización será equivalente al 60 por ciento de la base de cotización que hubiera correspondido a jornada completa.
4º Durante el año 2028, la base de cotización será equivalente al 70 por ciento de la base de cotización que hubiera correspondido a jornada completa.
5º Durante el año 2029, la base de cotización será equivalente al 80 por ciento de la base de cotización que hubiera correspondido a jornada completa.
 

PEDRO

Miembro conocido
Esto ¿Es solo para las nuevas jubilaciones o afecta a las ya existentes? Porque vaya faena, muchas empresas van a poner el grito en el cielo.
 

JJSEAL

Nuevo miembro
Yo también pensaba que sería solamente a las que se hagan a partir del 2025. Me temo que también a las de atrás. Vamos a poner una consulta al INSS.
 

PASCU2013

Miembro
Yo también pensaba que sería solamente a las que se hagan a partir del 2025. Me temo que también a las de atrás. Vamos a poner una consulta al INSS.
Buenos días.
Te respondío el INSS sobre el incremento de la base de cotización de las jubilaciones parciales anteriores al 25/12/2024?
Al no publicar ningún boletin de noticias sobre el caso, tengo dudas sobre el tema.
Gracias y saludos.
 

Argi

Miembro conocido
A mí Casia me contestó que los formalizados antes del 1 de enero de 2025 se regían por la normativa antigua..

AHora bien, ¿al INSS como se le puede hacer consultas???
 

JJSEAL

Nuevo miembro
Buenas tardes, el INSS no me contestó nada.
También puse un CASIA como la compañera y me contestaron que las anteriores prejubilaciones a la publicación del RD 11/2024, la cotización se regía por lo que estuviera establecido anteriormente.

Aprovecho para deciros que cuidado con los trabajadores a los que les hacemos apuntar como demandantes de empleo para luego hacerles un contrato indefinido como relevistas. Revisarles bien la vida laboral y que no tengan algún contrato 300 (fijo discontinuo abierto) sin finalizar, que la solicitud del jubilado parcial viene denegada. Ya sabéis luego el lío posterior que os viene.
 

IVO

Miembro conocido
Buenas tardes, el INSS no me contestó nada.
También puse un CASIA como la compañera y me contestaron que las anteriores prejubilaciones a la publicación del RD 11/2024, la cotización se regía por lo que estuviera establecido anteriormente.

Aprovecho para deciros que cuidado con los trabajadores a los que les hacemos apuntar como demandantes de empleo para luego hacerles un contrato indefinido como relevistas. Revisarles bien la vida laboral y que no tengan algún contrato 300 (fijo discontinuo abierto) sin finalizar, que la solicitud del jubilado parcial viene denegada. Ya sabéis luego el lío posterior que os viene.
Gracias por avisar
 

PASCU2013

Miembro
Hola.
Adjunto nuevo criterio del INSS sobre RDL 11/2024.
Quiero entender que el INSS le da vigencia a las modificaciones de jubilación parcial el 01/04/2025, por lo que la cotización del 40%, si fuese para los anteriores que no lo tengo todavia claro, sería a partir de abril de 2025.
"Por tanto, si la pensión de jubilación parcial se reconoce con arreglo a la normativa vigente con anterioridad a 1 de abril de 2025, el nuevo contrato de relevo suscrito para cumplir con la obligación establecida en el segundo párrafo del artículo 215.2.e) del TRLGSS deberá ajustarse igualmente a esa misma normativa, por lo que, el cumplimiento de los requisitos exigibles deben examinarse con arreglo a la normativa vigente en el momento en el que se produce el hecho causante de la pensión de jubilación parcial".
Que opinais?
Saludos.
 

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